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La Corte Constitucional, con una votación de cinco votos contra tres, decidió tumbar la sobretasa al sector financiero que obligaba a los bancos a pagar 4 puntos de renta por encima del resto de las empresas.

El argumento de los magistrados que inclinaron la balanza para anular el articulado es que el artículo es inconstitucional porque nunca contó con un aval expreso del ministerio de Hacienda y por tratarse de una iniciativa del gobierno este requisito es crucial. 

Por su parte, los magistrados que salvaron voto lo hicieron bajo la consideración de que al no haberse dado una manifestación expresa del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, el artículo sería constitucional, es decir legal.

La sobretasa que impulsó el senador conservador David Barguil estipulaba que las entidades financieras debían liquidar unos puntos adicionales al impuesto de renta durante los próximos tres años gravables. Dicha sobretasa tendría tres vigencias. Para el 2019 sería de 4 puntos sobre la tarifa del impuesto, siendo un total de 37 por ciento lo que tendrían que pagar las entidades financieras. Para el año 2020 sería de 35 por ciento para el 2021 sería de 34 por ciento.