El Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto González hizo un llamado a las empresas, alcaldes y Superintentendencia de Servicios Públicos
'Hacemos un llamado de atención a los acueductos, municipios, alcaldes, empresas y la Superservicios a que actualicen los estudios de mercado de esos productos, porque esos precios los vienen poniendo un cartel hace 10 años y determinándolos para un mercado. Al final el usuario es el que paga', dijo Andrés Barreto.
Brinsa y Quimpac fueron sancionadas por prácticas que violan la libre competencia durante más de doce años (2002-2014), cartelizaron y se repartieron los clientes de cloro, utilizado especialmente por los acueductos del país, que lo requieren para el tratamiento y potabilización del agua.
Quizás la gente no entiende que esto hace parte de las funciones de defender los derechos de los consumidores. ¿Me preguntan que cómo el cartel del cloro afecta? Pues le digo a un usuario que en los costos que paga en su recibo de agua pueden estar en ese cartel', dijo Barreto González.
LAS MULTAS. En 15 meses al frente de la SIC, Andrés Barreto González precisó que han impuesto $153.000 millones en multas sobre prácticas en van en contra del desarrollo del mercado, y aclaró que estas no fondean a la entidad. Son recursos que van a parar a tesorería del Ministerio de Hacienda.
La Ley 1340 de 2009 cumplió una década, y le dio autoridad para la inspección y vigilancia de la libre competencia.
'Creo que se cumplió la primera etapa la ley al ayudar a detectar carteles, hacer el uso por colaboración, una herramienta que pueden disponer los empresarios. La ventaja es que la investigación por presunta violación de la ley de competencia, puede terminar anticipadamente, la autoridad le acepta la garantía y se acoja para revisar beneficios por colaboración', explicó Barreto.
El desafío que identificó el Superintendente es que se mejore en la cultura del cumplimiento como complemento de la ley.
Por eso la SIC presentó en el Plan de Desarrollo la abogacía de la competencia. 'Para que no se aprueben normas que violen la libertad de mercado y así evitar dificultades a las autoridades departamentales y municipales de que potencialmente expidan algún tipo de norma que afecte el libre desarrollo del mercado'.