Compartir:

La Superintendencia de Industria y Comercio inició investigación administrativa en contra de siete (7) operadores de boletería, por la posible omisón en el reporte de las medidas adoptadas frente a los consumidores que adquirieron boletas para asistir los espectáculos públicos suspendios con ocasión a la declaratoria de emergencia sanitaria y la orden de aislamiento preventivo obligatorio.

Entre los operadores investigados dos ofrecieron servicios para eventos en Atlántico y la Guajira. La SIC indicó que 'no necesariamente los operadores pueden tener o no oficinas o sede en las ciudades donde se realizarían los eventos'.

La decisión de investigar a estas empresas, indicó la SIC, se tomó luego de que la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superindustria, en 'atención a las competencias asignadas en materia de espectáculos públicos de las artes escénicas, requiriera a 31 operadores de boletería en todo el país, para que informaran las medidas adoptadas de cara a los consumidores, con ocasión de la imposibilidad de realizar dichos eventos después de que, a través de resoluciones y decretos expedidos por el Gobierno Nacional, se prohibieran reuniones, aglomeraciones y posteriormente se decretara el aislamiento preventivo'.

Los operadores de boletería Applausi S.A.S. Bet Experience S.A.S., Grupo Chekiing S.A.S.Qubit Labs S.A.S, Easy Tickets S.A.S, Tu Taquilla SAS y Welcu Colombia S.A.S. indicó la SIC 'no atendieron el requerimiento efectuado'.

La resoluciones de la SIC 17281, 17282, 17283, 17284, 17278, 17279 y 17280, de abril de 2020 determina que 'imputaron cargos contra Applauso S.A.S, Bet Experience S.A.S, Grupo Chekiing S.A.S, Qubit Labs S.A.S, Easy Tickets S.A.S, Tu Taquilla SAS y Welcu Colombia S.A.S' por no atender la instrucción contenida en el numeral 2.10.2 de la Circular Única de esta Superintendencia referente al reporte de las medidas que se están adoptando con ocasión de la cancelación de espectáculos públicos y por inobservancia a las órdenes impartidas por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor en ejercicio de las facultades del artículo 59 de la Ley 1480.

Los otros 24 operadores requeridos informaron, según la SIC, que entre las soluciones brindadas a los consumidores se encuentran: Devolución de dinero, reprogramación del evento, para lo cual, los compradores deberán conservar la boleta adquirida previamente, publicación de la información de las medidas adoptadas en las páginas de internet y redes sociales de cada operador, atención de las peticiones, quejas y reclamos PQR´S recibidas con ocasión a la suspensión de los eventos.

'Estas investigaciones pueden incurrir en sanciones hasta de 1.000 salarios mínimos legales vigentes y proceden recursos de reposición', dijo el superintendente Andrés Barreto