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Las empresas, empleadores y personas naturales que se postulen al subsidio a la nómina sólo podrán hacerlo una vez para un mismo período y ante una única entidad financiera.

Jorge Mario Campillo, director de Parafiscal de la UGPP, indicó a EL HERALDO que esta es una de las tareas 'minuciosas' que tendrá el proceso para aprobar el beneficio que busca proteger 8 millones de empleos en Colombia.

Campillo precisó que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal entregó a las entidades financieras la estructura del formulario que deberá ser diligenciado por cada uno de los postulantes. Las solicitudes están disponibles para su gestión ante los bancos desde el 22 de mayo.

Sobre las competencias y funciones de la UGPP para el subsidio a la nómina, Campillo indicó que deben 'verificar el número de empleados para efectos de calcular el valor del aporte estatal; además, verificará que el beneficiario no se ha postulado para el mismo aporte mensual ante otras entidades financieras. Y llevará un registro consolidado de los beneficiarios, los trabajadores respectivos y el número de empleos que se protegen a través de dicho programa'.

El director de Parafiscales señaló que el Estado ha dispuesto $6 billones por cada mes que serán 'pagados a empresas, personas naturales, consorcios y uniones temporales, entidades sin ánimo de lucro en mayo, junio y julio'.

Si la UGPP encuentra que al empleado se le ha vencido el contrato y no es renovado porque la empresa dice que no tiene caja, el empleador que solicitó el subsidio 'no tendrá derecho al beneficio para ese trabajador. Es indispensable que exista un vínculo laboral vigente y que se realice el pago de la cotización al Sistema de Seguridad Social Integral', afirmó Campillo.

Aclaró que en su función dentro del programa del subsidio a la nómina verificará que los postulantes cumplan con los requisitos establecidos en las normas para acceder a los beneficios, así como los recursos entregados estos sean destinados para el pago de las nómina de sus empleados de forma completa.

'De no ser así la UGPP tendrá la facultad de fiscalizar a quien ha obtenido la calidad de beneficiario, dentro de los tres años siguientes a la finalización del programa, y en caso de encontrar irregularidades en la postulación realizará las acciones pertinentes de cobro coactivo para recaudar los valores entregados dentro de los procedimientos que establece el estatuto tributario', indicó.

Igualmente puede poner en conocimiento de las autoridades 'si hay falsedad de documentos o las acciones disciplinarias a que haya lugar' en el proceso.