La Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) avaló este viernes la solicitud de reconocimiento transfronterizo sobre el proceso de reorganización que Latam Airlines Group y sus filiales desarrollan bajo la protección del Capítulo 11 de Estados Unidos.
Durante la audiencia celebrada de manera virtual, los apoderados de LATAM explicaron la finalidad de la solicitud de reconocimiento y el estado actual del proceso que se adelanta ante el juez de bancarrotas del Distrito Sur de Nueva York.
Igualmente, indicaron que el comité de acreedores del procedimiento que se lleva a cabo en los Estados Unidos, designará un representante en Colombia a efectos de que el comité de acreedores pueda cumplir sus deberes fiduciarios frente a los acreedores colombianos.
Además de otorgar el reconocimiento del proceso extranjero principal, el juez de la Supersociedades concedió medidas de protección al deudor previstas en el ordenamiento colombiano, tales como la suspensión de procedimientos ejecutivos en Colombia por obligaciones anteriores; la prohibición de disponer de bienes ubicados en Colombia por fuera del giro ordinario de los negocios.
Otra de las medidas es que terceros de no pueden terminar contratos ni poder imponer medidas desfavorables al deudor en Colombia con ocasión del proceso de insolvencia.
Las medidas se extienden a cuatro sociedades y sucursales pertenecientes a Latam Group en Colombia, las cuales son Aerovías de Integración Regional, Línea Aérea Carguera de Colombia, Latam Airlines Gruop (sucursal Colombia) y Latam Airlines Perú (sucursal Colombia).
'La finalidad de este proceso de insolvencia no principal, es reconocer el proceso extranjero y hacer extensibles las órdenes proferidas por el Juez del Concurso y principal de Nueva York a los bienes y acreedores ubicados en Colombia, respetando siempre las normas de orden público de obligatorio cumplimiento en el país', manifestó la Supersociedades en un comunicado.