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Como una medida de alivio económico para los contribuyentes en el marco de la emergencia económica por la pandemia, el Gobierno expidió una reglamentación para agilizar la devolución o compensación de saldos del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas IVA, la cual se realizará en 15 días hábiles.

Con esta medida los contribuyentes ya no tendrán que esperar 50 días para resolver las solicitudes de devolución y compensación de saldos a favor, como pasaba antes de esta intervención.

Con el Decreto 963 del 7 de julio de 2020 se pasa de un proceso de devoluciones abreviadas a uno de devoluciones automáticas aplicable de manera permanente.

Así lo anunció el presidente Iván Duque en un trino en el que señaló: 'He firmado el decreto que autoriza devolución automática de saldos a favor para impuestos de renta y sobre las ventas, que adopta de forma permanente la devolución en 15 días para la mayoría de los contribuyentes. Una gran noticia para mejorar el flujo de caja de los colombianos'.

La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que de esta manera se cierra el ciclo de devoluciones y compensaciones abreviadas, mecanismo que permitió pasar de gestionar alrededor de 7 mil solicitudes a 21.882 y realizar la devolución de recursos a empresarios y personas naturales por más de $8,7 billones, cifra cinco veces mayor a las devoluciones reconocidas en 2019.

Para quién aplica

La modalidad de devolución automática de saldos es aplicable a los contribuyentes que tengan un perfil de riesgo e historia de cumplimiento ejemplar, y solo deben soportar el 25% de los costos o gastos mediante la facturación electrónica, porcentaje reducido que aplica hasta el 31 de diciembre de 2020.

Entre los requisitos especiales y soportes que deben adjuntarse a la solicitud de devolución o compensación se encuentran: la relación de las retenciones, autorretenciones en la fuente que originaron el saldo a favor del período solicitado, la relación de los costos y deducciones.

Acuerdo con Panamá

De otro lado, el director de la DIAN, José Andrés Romero Tarazona, informó que Colombia fue incluida por el gobierno de Panamá en la lista de jurisdicciones que recibirán información de manera automática, a partir de este segundo semestre, sobre las cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos, incluyendo información relativa a 2019.

La información que entregue Panamá se sumará a la información reportada por otras jurisdicciones a la autoridad tributaria, lo que permite a la DIAN tener el conocimiento pleno de los activos y pasivos que se encuentren en el exterior de los residentes fiscales colombianos y el valor de los mismos.