El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, defendió el Decreto 1174 de 2020 que reglamenta el acceso y operación del denominado Piso de Protección Social frente a la polémica que ha generado y dijo que no se trata de una reforma laboral y no crea nuevas modalidades de contratación.
'Las garantías y condiciones laborales hoy vigentes se respetan y mantienen', señaló el ministro
Explicó que con este decreto lo que se hizo fue reglamentar el artículo 193 del Plan Nacional de Desarrollo que busca atender al segmento de los trabajadores informales, quienes a pesar de estar económicamente activos no tienen un contrato de trabajo o su relación laboral les representa ingresos menores a un salario mínimo.
Cabrera dijo que estas personas se encuentran desprotegidas y no cuentan con seguridad social ni están cotizando para su pensión por vejez.
Indicó que con el piso de protección social se da la posibilidad a las personas que no alcanzan a tener un ingreso de un salario mínimo mensual, y que hoy no tienen ninguna cobertura, para que tengan un ahorro para el futuro a través del programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
'Actualmente los trabajadores que ganan menos de un salario mínimo por su actividad no tienen ninguna cobertura en seguridad social', sostuvo.
La abogada Carolina Camacho, socia de Posse Herrera Ruiz, explica que el Piso de Protección Social implica que las personas que contraten a trabajadores o a contratistas con ingresos inferiores a un salario mínimo les deben pagar la cotización al programa BEPS, que equivale al 15% de los ingresos que recibe mensualmente.
Este aporte será adicional al valor convenido a pagar por el desarrollo de la actividad, sin que se pueda descontar de este último.
'Esto busca un ahorro para que estas personas cuando lleguen a la tercera edad, si bien no van a tener una pensión equivalente a un salario mínimo, tendrán un beneficio económico con una anualidad vitalicia. Es un sistema paralelo que da cobertura en pensiones y en riesgos laborales', agregó la experta.
Del aporte del 15% del ingreso mensual del trabajador o contratista, el 1% se destinará para financiar el Fondo de Riesgos Laborales, con el fin de atender el pago de la prima del Seguro Inclusivo.
Camacho agregó que 'el Piso de Protección Social es un paso muy importante en la formalización laboral del país, ya que está diseñado para cubrir a las personas de menores ingresos'.
El decreto define, entre otros asuntos, el 'trabajo por tiempo parcial' como 'aquel que desempeña un trabajador que labora por períodos inferiores a un mes calendario o menos de la jornada diaria máxima legal'.
Quienes accedan al Piso de Protección Social contarán con el Régimen Subsidiado en Salud, el Servicio Social Complementario de BEPS, y el Seguro Inclusivo que los amparará de los riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades cubiertas por los BEPS.
Tendrán acceso al Sistema de Subsidio Familiar, una vez se reglamente.
Así mismo, es obligatorio para las personas que cuenten con uno o varios vínculos laborales, y simultáneamente, con uno o varios contratos por prestación de servicios, que reciban un ingreso total mensual inferior a un salario mínimo después de descontar expensas y costos.
Los voluntarios pueden ser las personas que no tengan una vinculación laboral o no hayan suscrito un contrato de prestación de servicios, incluidos los productores del sector agropecuario y no tengan capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización al Sistema Integral de Seguridad Social y cuyo ingreso total mensual sea inferior a un mínimo.