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Los empresarios cuyos negocios sean exclusivamente de expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) deberán actualizar el Registro Único Tributario (RUT).

Esto teniendo en cuenta que durante este año estos negocios no serán responsables del recaudo del impuesto al consumo que se reactivó desde el 1 de enero para otros establecimientos, luego de ser suspendido de manera transitoria para hoteles, bares y restaurantes por la pandemia.

El Impoconsumo es un gravamen que se aplica sobre determinados bienes y servicios y corresponde al 8 % del valor de consumo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que estos establecimientos deberán remplazar la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 No responsable del impuesto al consumo o 57 Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda.