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El trabajo remoto es una nueva modalidad laboral que tomó auge en el país tras la llegada de la pandemia. Esta figura ya se encuentra reglamentada mediante el Decreto 555 de 2022.

La principal característica del trabajo remoto es que no tiene componente presencial, lo que a su vez marca una diferencia con otras modalidades como el teletrabajo y el trabajo en casa.

El trabajo remoto fue aprobado mediante la Ley 2121 de 2021, e implica la creación de un nuevo tipo de contrato que no requiere interacción física entre el empleado y el empleador, pues se desarrolla mediante tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro medio remoto.

'Con el trabajo remoto, el empleado no debe asistir a las instalaciones de la empresa ni siquiera en la etapa precontractual, el contrato se debe suscribir a través de firma electrónica, conforme lo dispuesto en el Decreto 526 del 19 de mayo de 2021', indicó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

Este tipo de contrato puede ser aplicado por entidades públicas, privadas y a firmas extranjeras y no implica presencialidad para prestar un servicio.