Los negocios que se dedican exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deberán volver a cobrar, desde el 1 de enero, el Impuesto al Consumo que equivale al 8 % de los productos.
El 31 de diciembre se acaba el beneficio de la exoneración temporal del cobro del gravamen.
Los negocios que se dedican exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deberán volver a cobrar, desde el 1 de enero, el Impuesto al Consumo que equivale al 8 % de los productos.