Comprar una vivienda propia es un logro importante, pero también conlleva responsabilidades financieras que, de no cumplirse, pueden poner en riesgo ese preciado techo.
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En Colombia, los embargos sobre bienes inmuebles son una realidad que afecta a muchas familias. Lo que pocos saben es que hay ciertas condiciones en las que incluso una casa protegida con afectación a vivienda familiar o patrimonio de familia puede ser embargada.
El embargo: un fantasma que acecha las deudas
El embargo es una medida de aseguramiento sobre un bien, con el objetivo de garantizar el pago de una deuda.
Se trata de un proceso judicial que impide que el propietario disponga libremente del inmueble y, si la deuda no es saldada, el acreedor podría solicitar el remate de la propiedad. Esto significa que la vivienda puede ser vendida para cubrir la obligación pendiente.
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A diferencia de lo que algunos creen, no solo los inmuebles pueden ser embargados. También los bienes muebles, el salario (bajo ciertas condiciones), las cuentas bancarias y hasta valores financieros como acciones o bonos pueden verse comprometidos si el deudor no cumple con sus compromisos económicos.
Tipos de embargo y su impacto en los propietarios
Existen dos tipos principales de embargo en Colombia:
- Embargo preventivo: se aplica como una medida cautelar mientras se resuelve un proceso declarativo. Es una especie de “bloqueo” del bien mientras se determina la obligación definitiva.
- Embargo ejecutivo: se da cuando el juez ha emitido un mandamiento de pago dentro de un proceso ejecutivo, lo que implica una decisión firme sobre la obligación económica del deudor.
Casos en los que una vivienda es embargable
Si bien muchas viviendas están protegidas por la figura de afectación a vivienda familiar o patrimonio de familia, hay dos excepciones claves en las que esta protección deja de ser efectiva y la propiedad puede ser embargada:
- Cuando la deuda es anterior a la declaración de afectación patrimonial. Es decir, si el propietario ya tenía una deuda antes de formalizar la protección sobre su casa, el embargo puede proceder sin inconvenientes.
- Cuando la vivienda fue adquirida con un crédito hipotecario y la deuda está ligada a su financiación. En este caso, si el propietario deja de pagar el crédito, la entidad financiera puede iniciar el proceso de embargo y remate del inmueble.
¿Y el salario? Sí, también puede ser embargado
Muchas personas creen que su sueldo está completamente protegido de embargos, pero esto no es del todo cierto. El salario mínimo legal vigente en 2025, fijado en $1.423.500 COP, es inembargable.
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Sin embargo, si el trabajador gana más de esa cifra, el excedente podría ser embargado hasta en una quinta parte para cubrir deudas pendientes. En casos de obligaciones por cuotas alimentarias, el embargo puede ser de hasta el 50%.
Evite sorpresas desagradables
Para no verse en una situación de embargo, lo ideal es mantener al día las obligaciones financieras, especialmente aquellas relacionadas con créditos hipotecarios y préstamos personales.
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En caso de dificultades económicas, es recomendable buscar alternativas de pago con las entidades financieras antes de llegar a instancias judiciales.
Además, es importante conocer sus derechos y entender en qué casos su vivienda puede estar en peligro. La información y la prevención son las mejores herramientas para proteger su hogar y su tranquilidad económica.