Sanciones que suman más de $6.600 millones fueron impuestas a los operadores Claro, Movistar, ETB y Tigo-Une por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, debido a las graves deficiencias en la prestación del servicio de Internet Banda Ancha (hogar) relacionado con la velocidad efectivamente entregada a los consumidores y la falta de información al momento de la contratación y utilización el servicio.
La SIC afirma en un comunicado que luego de realizar mediciones técnicas en las principales ciudades del país, sobre la prestación del servicio de Internet Banda Ancha, encontró que los usuarios solo disfrutaban, en algunos casos, de la mitad de la velocidad de navegación ofrecida si se conectaban a través de la red WiFi.
Esto indica que si un usuario tenía contratado un plan de 20 megabytes por segundo, en realidad podría solo recibir 10 megabytes por segundo cuando utilizaba el servicio conectado a través de WiFi, mientras que si se conectaban con cable tradicional a Internet Hogar sí recibían el servicio completo ofrecido.
Las pruebas técnicas con las que se sustentó la investigación y sanción fueron realizadas en Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena, Manizales, Medellín y Pereira durante 2015 y 2016, y estuvieron a cargo de la firma NAE, consultores españoles en temas de Telecomunicaciones, quienes también han realizado estudios similares para el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y para la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
Otro de los hallazgos de de la SIC indica que los operadores incurrían en irregularidades derivadas del hecho de no entregar la información completa a los consumidores para que disfrutaran de manera correcta la navegación ofrecida en los paquetes y promociones de dicho servicio.
'Las empresas investigadas sostuvieron a lo largo de la investigación que el servicio prestado por ellos únicamente se refería al de Internet Banda Ancha por Cable, y que no garantizaban velocidades de navegación a través de WiFi, ello no resultó claro para los usuarios, pues la información entregada a los consumidores no cumplía con los atributos exigidos por el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y en casi todos los casos resultó ser incompleta, contradictoria, insuficiente y/o de difícil acceso para los consumidores', señala la SIC.
Encontró además, que la diferenciación en el servicio no era informada a los usuarios, ni antes, ni durante, ni después de la instalación. Tampoco se les indicaba las medidas para mejorar la velocidad del servicio, como por ejemplo los lugares adecuados para la instalación de los módems, los materiales de construcción u obstáculos en la vivienda que pueden afectar la señal o el número de equipos que pueden conectarse simultáneamente a la misma red, entre otros aspectos que influirían a que el servicio no se prestara de forma adecuada.