Justo cuando en el país busca abrirse paso el debate de una reforma pensional en el Congreso de la República que modifica el sistema actual de pensiones al crear un régimen de pilares, la Corte Constitucional emite una trascendental e histórica sentencia que determina que no se podrá continuar exigiendo 1.300 semanas de cotización a las mujeres para obtener su pensión en el régimen de prima media de Colpensiones.

El alto tribunal en lo Constitucional estudió una demanda contra un aparte del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y decidió declarar inexequible o contraria a la Constitución Política el inciso 2 del numeral 2 del artículo 9 de 2003.

Pese a que en el régimen público vigente las mujeres pueden acceder a una pensión a los 57 años, cinco años antes que los hombres, la exigencia para poder acceder a dicha renta es una cotización total de 1.300 semanas, lo que equivale a los mismos 26 años de trabajo que tienen como requisito los hombres.

Es decir, conforme a las pretensiones del demandante, el tribunal constitucional tuvo en cuenta el enfoque de género para determinar que tal como funciona hoy el régimen de prima media operado por Colpensiones las mujeres se enfrentan a una desigualdad enorme, sobre todo si se tiene en cuenta la brecha salarial y el porcentaje de empleo femenino en el país.

Según las cifras del mercado laboral del primer trimestre de 2023 del Dane, la tasa de desempleo en hombres se ubicó en el 9,2 %, mientras que la de mujeres fue del 15,1 %, es decir 5,9 puntos porcentuales por encima. Datos que evidencian la diferencia en oportunidades laborales para la mujer en Colombia, especialmente porque la población en edad de trabajar femenina es mayor que la masculina, con 52 % y 48 %, respectivamente.

La tendencia o la brecha se mantiene de igual forma en la tasa de ocupación y la tasa global de participación en el empleo, con unas diferencias entre hombres y mujeres de 25,2 y 24,4 puntos porcentuales.

A todas luces los indicadores solo confirman la desigualdad que históricamente ha afrontado el sexo femenino y que busca reivindicar la Corte Constitucional al considerar que la norma demandada (Ley 797 de 2023) “genera un sacrificio desproporcionado de los derechos de las mujeres a la dignidad humana, a la igualdad, a la seguridad social, a la pensión, al mínimo vital y a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la seguridad social”, por lo cual decretó su inconstitucionalidad.

Con base en las consideraciones de la Corte, le corresponderá ahora al Congreso de la República legislar sobre el sistema pensional antes del 31 de diciembre de 2025 con un claro enfoque de género que pondere factores como “la informalidad, la discriminación en el ámbito laboral y la invisibilidad del trabajo no remunerado en la economía del cuidado”, ejercido mayoritariamente por las mujeres y que se incrementan cuando llega a la adultez mayor.

Para muchos expertos, y seguramente con argumentos analizados y relevantes, la decisión del tribunal constitucional pone en riesgo la estabilidad financiera del sistema público de pensiones, pero será responsabilidad del Legislativo estudiar, debatir y aprobar las fórmulas para cumplir con la decisión que en justicia favorecerá la condición de la mujer, que muchas veces por el cuidado del hogar se ve a gatas para acceder a una renta pensional, teniendo que cumplir con el mismo número de semanas cotizadas que los hombres, pero en menor tiempo. Esto sin dejar de observar los factores económicos y sociales que garanticen la sostenibilidad financiera del sistema.

El fallo de la Corte llega en un momento crucial y justo para que el Ejecutivo y el Legislativo busquen los mecanismos y consensos para diseñar una reforma que preserve lo dispuesto en materia constitucional, sin populismos, con mesura y con todo el análisis y la rigurosidad necesaria para hacer una reforma saludable para el país. Pero al mismo tiempo tendrán que desarrollarse políticas públicas adicionales y complementarias que estimulen la generación de empleo y que reduzcan la brecha de género en materia laboral para lograr que más mujeres, y hombres también, coticen y aporten al sistema. Así las cosas, y bajo este panorama, convendría, sin lugar a dudas, reevaluar los proyectos de reformas sociales presentados por el Gobierno y discutirlos con el tiempo que se requiere para dar un debate serio y sin afanes.