La reciente decisión del Consejo de Estado de declarar nula la ordenanza de la Asamblea del Atlántico que en 2009 le dio el control administrativo y fiscal del Corredor Universitario a Puerto Colombia devuelve el conflicto limítrofe entre Barranquilla y el municipio costero a donde todo comenzó. De modo que hablar de ganadores o perdedores cuando aún queda camino por recorrer solo enrarece un debate que demanda cabeza fría y precisión técnica.

Ese es el mensaje que debería prevalecer ante la confusión que el fallo ha desatado, porque aunque muchos estimen, probablemente pensando con el deseo que en cuestión de días o, a lo sumo, en semanas, este quedaría ejecutoriado y, en consecuencia, los predios incluidos en la base catastral del Corredor pasarían al Distrito, la realidad nos señala una ruta distinta.

Conviene entenderlo así para dejar de darle largas a un debate de interpretaciones jurídicas e incluso políticas que no resuelve nada. Por mejor decir, a pesar del carácter definitivo del fallo, el cual confirma sin ninguna duda la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo del Atlántico de 2016, este no zanja ni supera por sí mismo la disputa territorial. En esa medida, la decisión no le entrega el Corredor Universitario al Distrito, pero tampoco a Puerto Colombia que sí mantiene -por el momento- el “control administrativo, jurídico y fiscal” sobre el territorio, como le expresó a EL HERALDO el alcalde Plinio Cedeño.

¿Qué queda claro después del fallo del Consejo de Estado? Lo primero, la Asamblea del Atlántico carece de facultades o, lo que es lo mismo, no tiene competencias para fijar, modificar o segregar los límites de los distritos. Y Barranquilla lo es desde 1993, cuando el Congreso de la República decretó el acto legislativo 01 que la erigió como Distrito Especial, Industrial y Portuario, definiendo además su compresión territorial. Por consiguiente, la ordenanza de 2009 y una anterior, de 1999, que separó 1.435 hectáreas de la ciudad dejándolas bajo jurisdicción del municipio, no tienen validez. Y, como si fuera poco, la Duma pasó por alto celebrar una consulta popular, procedimiento previsto por la ley para el caso.

Parece evidente que en su propósito de intentar solventar un conflicto limítrofe que data de 1913, sí desde hace 112 años cuando expidió la Ordenanza 030 que fijó los límites y la división territorial del Atlántico, la Asamblea Departamental ha adoptado decisiones que en últimas lo han reavivado durante distintas épocas, pero sin darle el cierre definitivo. Lo que corresponde ahora que el alto tribunal de lo contencioso administrativo interviene, abriendo el espacio para que se alcance una delimitación tan categórica como concluyente, es que lo antes posible cursen los trámites de rigor ante las entidades convocadas a actuar.

En primera instancia, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) deberá deslindar o demarcar los límites entre Barranquilla y Puerto Colombia a partir de la superposición cartográfica que existe hoy entre la Ordenanza 030 de 1913 y el acto legislativo 01 de 1993. ¿Cuánto demoraría ese proceso que el Distrito, la Alcaldía de Puerto o el mismo Igac, de oficio, podrían iniciar? Difícil estimarlo porque el trazado provisional a delinear, debido a la vasta extensión de la zona, 1.400 hectáreas, se anticipa complejo. Aún más si las partes, Distrito y Puerto, no se esfuerzan en alcanzar un acuerdo o consenso que facilite en últimas la labor de la entidad. Pero no todo termina ahí. Los nuevos límites que se determinen tendrán que ser refrendados por las Comisiones de Ordenamiento Territorial del Congreso.

Más allá de la firme voluntad de las partes para defender sus intereses, ciertamente lo que se avecina no será un trámite expedito ni sencillo como algunas voces habían vaticinado. Aunque sea una obviedad, lo que está en juego no es una bicoca. Son nada más y nada menos que 1.402 hectáreas en una de las zonas de conurbación con más crecimiento y dinámica inmobiliaria del país, que representan el 55 % de los ingresos propios de Puerto.

También es un hecho que buena parte de sus habitantes, sobre todo de Villa Campestre, lamentan la indolente actitud de administraciones municipales que durante años han ignorado sus necesidades, pese al pago cumplido de impuestos que ahora esperan tributar al Distrito confiando en tener mejor suerte. Pues, este año no será, el predial cursado le corresponde a Puerto al margen de que el fallo del Consejo de Estado se encuentre en firme.

Dicen las abuelas que más vale un mal arreglo que un buen pleito. Valdría la pena que las partes evaluaran sus circunstancias para no dar pasos en falso ni vueltas sin rumbo. Barranquilla asume que el fallo le regresa lo que era suyo; Puerto dice que dará la pelea hasta el final. Válido. Entenderse sería el mejor escenario posible para conjurar nuevos choques que deriven en estériles conflictos entre vecinos obligados a convivir por siempre.