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Veinte días después de que la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla admitiera la tutela interpuesta por el abogado de Enilce López Romero, Diego Muñetón Restrepo, para evitar el desalojo de las dos viviendas que son contiguas y que le incautaron a la ex empresaria del chance desde 2014, este mismo cuerpo colegiado negó dicha solicitud y dejó el camino libre a la Sociedad de Activos Especiales, SAE, para llevar a cabo la diligencia.

La decisión fue firmada por los magistrados Demóstenes Camargo De Ávila, Luis Colmenares Russo y Jorge Mola Capera.

En el documento del Tribunal se lee que 'no existe un perjuicio irremediable en el caso sub-examine, producto del desalojo dispuesto en relación al bien inmueble situado en la carrera 59 No. 91-42 de esta urbe, en tanto se cuentan con elementos de juicio suficientes para precisar que la señora Enilce López Romero cuenta con los recursos económicos suficientes para trasladarse a otro inmueble, lo cual haría el que se mantuviera la prisión domiciliaria concedida, en tanto se tiene que ésta le ha deprecado a la SAE que le arriende la propiedad de marras, es decir, tiene capacidad económica para asumir un canon de arrendamiento'.

Así mismo, el Tribunal Superior añade en su decisión que 'si ello no bastare, se cuenta con que dicha accionante a fin de gozar del beneficio de la prisión domiciliaria efectuó caución prendaria por valor de $115.375.000, lo que muestra que el hecho de que se le desalojara del predio en mención no truncaría la prisión domiciliaria otorgada, en tanto se puede trasladar a otra dependencia e informarle de ello al juez que vigila su pena'.

Días atrás, el abogado Muñetón señaló que él mismo instauró la acción constitucional en favor de López Romero y su núcleo familiar luego de que la entidad del Estado SAE, Sociedad de Activos Especiales, 'ordenara el desalojo en contra de sus propios manuales de administración'.

Muñetón Restrepo actuó en representación de las accionantes Enilce López Romero, de 64 años de edad, y de la madre de esta, Lucila Romero Castro, de 88, contra los accionados Sociedad de Activos Especiales, SAE, y la Fiscalía 38 de la Unidad Nacional de Extinción de Dominio.