El Consejo Superior de la Judicatura ordenó el archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra la Juez novena de Familia de Barranquilla, Lourdes del Socorro Diago Martínez, decisión que había emitido en primera instancia el Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico.
De acuerdo con la denunciante, Elizabeth del Carmen Arroyo Álvarez, la juez habría incurrido en maltrato laboral de manera persistente al quitarle sus funciones como asistente social grado 1 del mencionado juzgado y haberla puesto en atención al público, entre otros supuestos malos tratos.
La empleada interpuso la queja en contra de la juez Novena de Familia ante el Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, que lo estudió y practicó las pruebas pertinentes, entre ellas entrevistas a los demás empleados del juzgado, y determinó que la juez Lourdes del Socorro Diago Martínez 'no incurrió en falta disciplinaria alguna'.
Sin embargo, la trabajadora social apeló la decisión y le correspondió al Consejo Superior de la Judicatura con sede en Bogotá resolver el recurso interpuesto por la quejosa.
Entre los argumentos tomados como base para la decisión por parte del Consejo Superior de la Judicatura están los testimonios de los otros funcionarios del despacho que negaron que la juez los maltratara laboralmente 'y en general un amplio material probatorio, el cual lleva a concluir que no se estructura ninguna clase de abuso laboral como lo quiere demostrar la señora Arroyo Álvarez', se lee en la decisión.
'Durante el trayecto procesal, el Consejo Seccional de la Judicatura practicó todas las pruebas, pero ella casi nunca asistió a ninguna de las diligencias. Yo presenté todas las pruebas y por eso el magistrado que conoció del proceso ordenó el archivo de todas las diligencias al considerar que mi conducta no debía ser disciplinada', dijo la juez Lourdes Diago Martínez.