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En la edición de este domingo, EL HERALDO publicó apartes de la sentencia proferida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla contra Hernán Giraldo Serna, quien durante los años 1990 a 2006 fungió como jefe máximo del frente Resistencia Tayrona de las AUC.

El magistrado de Justicia y Paz condenó a 40 años de cárcel a Giraldo Serna y otros 8 cabecillas de uno de los grupos paramilitares más sanguinarios que operó en la Región Caribe. Sin embargo, los postulados condenados no cumplirán dicha cantidad de años, sino, que tendrán una pena alternativa de 8 años de prisión por someterse a la Ley de Justicia y Paz de 2006. 

En la sentencia, el togado evidenció que la empresa paramilitar liderada por Giraldo, que el 3 de febrero de 2006 desmovilizó a 1.166 integrantes, dejó un total de 10.646 víctimas entre campesinos y población indígena que sufrieron homicidios, desplazamientos forzados, reclutamiento de menores, y todo tipo de violencia sexual y de género. Además de las penas impuestas por la sala a Hernán Giraldo Serna; Nodier Giraldo Giraldo; José del Carmen Gelves Albarracín; Norberto Quiroga Poveda; Daniel Eduardo Giraldo Contreras; Carmen Rincón; José Daniel Mora López; Afranio Manuel Reyes Martínez y Eduardo Enrique Vengoechea Mola. 

EL HERALDO conoció que además del tiempo que deben pagar en cárcel los exmiembros de este grupo paramilitar, La Sala Penal de Jusitica y Paz ordenó 'al pago de los perjuicios materiales e inmateriales ocasionados con los delitos objeto de esta sentencia'.

Reparación a víctimas

La Sala Penal de Justicia y Paz adelantó diligencias en las ciudades de Santa Marta, Magdalena; Riohacha, en La Guajira; y en Barranquilla, Atlántico, a fin de estimar la cantidad de víctimas de poblaciones campesinas que deben ser reparadas de acuerdo con lo señalado en la macrosentencia por los magistrados que juzgaron diferentes frentes de las AUC.

'Las víctimas de los grupos paramilitares que se sometieron a la Ley de Justicia y Paz tienen la exigencia de conocer la verdad de lo ocurrido, que se esclarezcan los delitos que afectan de manera masiva y sistemática los derechos humanos de la población, que se investigue y sancione a los responsables de esos ilícitos, y, a que se procure por la reparación integral de quienes han resultado afectados. Igualmente, se ha destacado el deber de reconocimiento y protección de los derechos de las víctimas', señala el fallo.

Para este trabajo la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, reparará económicamente a las víctimas con los dineros del fondo de reparación de víctimas. Dichos dineros provienen del decomiso de las finanzas de los grupos paramilitares.

Así, también fue planteado también por la Sala Penal en marzo del presente año en la sentencia contra miembros del frente José Pablo Díaz, frente que operó en el departamento del Atlántico. 

En el fallo contra el grupo del Atlántico el Fondo de Reparación de Víctimas destinó $49.561.135.805 para la reparación de víctimas de este frente. 

Además del apoyo económico, se incluirá a las víctimas en diferentes planes para apoyo sicológico, social, de estudios y vivienda. 

Para la realización de dichos planes, la Sala de Justicia y Paz notificó a los ministerios de Interior, Agricultura y de Justicia; Instituto Colombiano de desarrollo Rural; Gobernación del Magdalena para que desarrolle los programas de reparación y restitución de tierras. Dicha gestión será vigilada por la Sala en audiencias de control que están previstas a llevarse a cabo en los próximos meses. 

Reparación a pueblos Indígenas

La sala Penal de Justicia y Paz evidenció que el frente Resistencia Tayrona liderado por Giraldo Serna atacó a los pueblos Kogui, Arhuaco, Wiwa y Kankuamo que habitan la Sierra Nevada con el objetivo de ganar control territorial, uno de los métodos de Giraldo consistió en financiar grupos religiosos Cristianos con el fin de 'afectar los patrones culturales de los pueblos originarios', y prohibió a los indígenas realizar pagamientos, lo, el grupo paramilitar 'prohibió a los indígenas realizar pagamentos, visitar los lugares sagrados, circular libremente por el territorio y, de manera general, vivir su espiritualidad. 

Para la reparación de estas etnias, la sentencia consideró medidas de reparación diferentes a las de la población campesina.  

Dichas medidas consisten en la protección de la ‘Linea Negra’, que de acuerdo con el fallo son 'los territorios sagrados esenciales para su desarrollo… es la zona teoloógica de las comunidades indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, creada en 1973 por el gobierno y que establece los límites acordados por las cuatro etnias que conviven en la Sierra nevada' y agrega como medida de protección que se' garantizara la protección de los pueblos indígenas a partir del fortalecimiento del Gobierno Propio, el ejercicio autónomo y de autodeterminación de estos en su territorio, así como el cumplimiento de la Ley de Origen, Ley Natural, el Derecho Mayor o Derecho Propio, como también el goce efectivo de los derechos humanos y fundamentales de los pueblos indígenas, colectiva e individualmente considerados, y el respeto y cumplimiento del Derecho Internacional Humanitaro'.  

Para la protección y reparación de las comunidades el juzgado insta a las gobernaciones del Magadalena, Cesar y de La Guajira a vigilar y hacer seguimiento de las medidas elaboradas por la sala penal.