El 24 de julio de 2011, Brayan Eduardo Borré Barreto, alias Tío Guillo, exlíder de la banda criminal Los Rastrojos-Costeños, fue capturado por la Policía de Bolívar, cuando se desplazaba por el municipio de Turbaco en una camioneta Chevrolet Grand Vitara, de placas AXL 608.
El reconocido delincuente había decidido marcharse hacia el vecino departamento, tras la presión ejercida por la Policía Metropolitana en el barrio La Pradera y el municipio de Soledad, sus antiguas zonas de actividad criminal.
La Fiscalía lo señala de estar vinculado junto a su hermano Juan Manuel, de la comisión de 145 homicidios, 95 de ellos en el Atlántico y 45 más en Bolívar, de los cuales 84 serían responsabilidad de ‘Tío Guillo’.
EL HERALDO conoció en primicia que el pasado 13 de noviembre, el Juzgado 18 Penal Municipal con funciones de control de garantías decretó la libertad por vencimiento de términos del exparamilitar, la cual se hizo efectiva cinco días después.
Brayan Borré Barreto se encontraba recluido en la cárcel La Picota de Bogotá, adonde fue trasladado luego de permanecer varios meses en la cárcel de máxima seguridad de Cómbita, Boyacá.
En la audiencia de solicitud de libertad por vencimiento de términos, la abogada defensora de ‘Tío Guillo’ expuso como argumento el artículo 317 del Código Penal Colombiano, que trata de las causales de libertad, y que en su numeral quinto señala que la libertad del imputado o acusado se cumplirá de inmediato: 'cuando transcurridos 120 días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio oral'.
Sin embargo, por tratarse de delitos sometidos a la justicia penal especializada, ser tres o más los imputados o procesados; se trate de delitos de corrupción o de delitos que atenten contra la libertad y formación sexual, los términos de los numerales cuarto, quinto y sexto se duplicarán, es decir, 240 días, que es el caso de Brayan Borré Barreto, de acuerdo con el parágrafo primero del mencionado artículo.
El tiempo transcurrido para su libertad
De acuerdo con la abogada defensora, luego de la presentación del escrito de acusación en contra de Borré Barreto, ocurrido el 11 de abril de 2018, transcurrieron 581 días, tiempo que supera 'ampliamente' los 240 que trata la norma procesal.
Al analizar la argumentación de la defensa del exparamilitar, el Juez 18 penal Municipal señaló que luego de la presentación del escrito de acusación por parte de la Fiscalía, le correspondió por reparto al juzgado Único Especializado de Barranquilla que fijó fecha de audiencia para el 5 de septiembre de ese año, la cual no se dio debido a que la defensora pública presentó un escrito al despacho en el que informaba que su cargo lo desempeñaba en Cali y no en Barranquilla, por lo que el juez fijó nueva fecha para el 24 de enero de 2019.
Sin embargo, la diligencia judicial tampoco se pudo llevar a cabo en esa fecha porque en esa ocasión la Defensoría Pública no asignó defensor, por lo que el juzgado fijó como nueva fecha el 26 de junio. Nuevamente la diligencia judicial fracasó porque ese día no hubo contacto virtual con la cárcel de Jamundí, Valle, donde Borré Barreto se encontraba recluido. Se reprogramó entonces para el 20 de noviembre de este año.
El Juez 18 Penal Municipal, al realizar el conteo general a partir del 11 de abril de 2018 hasta el 13 de noviembre pasado, concluyó que transcurrieron 581 días, de los cuales descontó 141, comprendidos desde el 5 de septiembre de 2018 hasta el 24 de enero de 2019. Luego descontó otros 153 días, comprendidos desde el 24 de enero de 2019 al 26 de junio del mismo año, quedando 287 días, los cuales superaron los 240 días de que trata el parágrafo primero del artículo 317 del Código Penal colombiano.
'Llama la atención para el despacho que los términos en los que se han fijado las audiencias ante el juez de conocimiento han sido excesivamente largos y prolongados, lo que pone de presente que prácticamente suministra la posibilidad de que prosperen estas solicitudes de libertad por vencimiento de términos, pues en cabeza de la administración de justicia es la que tiene que fijar fechas con celeridad y más si se trata de las personas privadas de la libertad', dijo el juez luego de conceder la libertad a Brayan Borré Barreto.