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La Procuraduría General de la Nación solicitó, la tarde de ayer, revocar la detención domiciliaria concedida a Samuel Viñas Abomohor el pasado viernes, quien cumple una condena de 42 años por el feminicidio de su esposa Clarena Acosta, a quien asesinó disparándole en la cabeza el 1 de enero de 2010.

El recurso fue presentado ante el Juez Tercero Penal del Circuito por la Procuraduría 208 Judicial Penal I de la capital del Atlántico, al considerar 'que no se cumplieron todos los requisitos exigidos por la ley para sustituir la detención carcelaria por la domiciliaria'.

Para el Ministerio Público, el juez basó su decisión en un dictamen del Instituto de Medicina Legal que, a pesar de indicar que el detenido presentaba un estado de salud grave, 'no mencionó que esa condición de salud fuera incompatible con la vida en reclusión en un centro carcelario'.

'El juez no podía hacer una valoración de la enfermedad o estado de salud de Viñas Abomohor a partir del documento pericial, más aún cuando el mismo sugiere que el procesado requiere un manejo intrahospitalario con fines terapéuticos', agregó la Procuraduría en un comunicado.

A juicio del órgano de control, el juez no señaló las razones jurídicas por las que envío al domicilio al procesado, con lo que realizó valoraciones que normativamente son propias y exclusivas de los médicos del Instituto de Medicina Legal.

'El Ministerio Público recalcó que el juez justificó el traslado argumentando que la cárcel El Bosque no cuenta con los equipos médicos, pero no aclaró si en el domicilio de Viñas Abomohor sí existen los elementos necesarios para tal fin', dice la misiva del Ministerio Público.

Rechazo del Gobierno

 La vicepresidenta Marta Lucía Ramírez rechazó a través de un comunicado la decisión tomada por el juez 4 de Ejecución de Penas de Barranquilla.

En el documento, si bien el Gobierno dice que 'respeta la independencia de las decisiones judiciales', advierte que 'no callará nunca ante las mismas, cuando estas representen un retroceso en los avances de la instauración de justicia para las víctimas, en especial las mujeres y particularmente cuando estas claramente beneficien sin razón e injustamente al criminal'.

Estas disposiciones, agrega, van en contra del principio de justicia y minimiza la gravedad de la sentencia y de los actos perpetrados por el condenado, 'tal y como ocurre en el caso de Samuel Viñas, a quien precisamente la autoridad competente había ordenado anteriormente se trasladara a un centro de detención de alta seguridad para que cumpliera su condena'.

Por ello, Ramírez pidió a la consejera presidencial para la Equidad de la Mujer, Gheidy Gallo, ponerse en contacto con las autoridades competentes a fin de solicitar un análisis exhaustivo a la decisión y procurar que la medida sea revisada.

También, se lee en el boletín, la vicepresidenta solicitó a la consejera que mantenga permanente contacto y preste todo el apoyo necesario a los familiares de Clarena Acosta, 'quien fuera la víctima de Viñas y quienes se encuentran altamente conmocionados por la decisión de otorgarle detención domiciliaria a su feminicida'.

Denuncia al juez

 Por otro lado, el abogado de la familia de Clarena Acosta, Edgardo Niebles, informó a EL HERALDO que denunció ante la Procuraduría y la Fiscalía, de manera formal, al juez Cuarto de Ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla por haber otorgado el beneficio a Viñas.

De acuerdo con el documento radicado, el abogado señaló que la decisión incurrió 'en falta grave y dolosa' al ordenar la sustitución de la pena de cárcel intramural por la detención domiciliaria de Viñas.

'Me enteré por un periodista de la ciudad que el viernes 7 de febrero el señor Viñas había recibido la casa por cárcel del juez Cuarto de ejecución. La noticia me sorprendió por cuanto el juez no me notificó como representante de la víctima reconocido dentro del proceso', señaló el abogado en el documento.

El tres de enero de este año, Viñas habría solicitado la domiciliaria directamente ante el juez de Ejecución de Penas.

'Se debía esperar a que la Corte Suprema de Justicia resolviera la tutela en la que hay al menos seis exámenes médicos y ninguno dice que se sustituya la medida de cárcel', sostuvo Niebles.