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Ante la Fiscalía delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla fue instaurada una denuncia penal en contra de la jueza primera promiscua del circuito de Sabanalarga, Esther María Armenta Castro, por los delitos de prevaricato por acción, en concurso con prevaricato por omisión y abuso de función pública.

La denuncia penal fue instaurada por el abogado Jesús Montero Fontalvo, aspirante al cargo de personero municipal de Candelaria, quien argumenta que la denunciada 'realizó conductas criminales en ejercicio de sus funciones, al proferir decisiones abiertamente ilegales, apartándose caprichosamente del sentido de las normas y los precedentes jurisprudenciales, máxime cuando el ejercicio arbitrario desborda sus competencias legales, al realizar vindicativamente, control de legalidad a los actos administrativos de convocatoria, reglamentación y desarrollo del procedimiento de los concurso públicos y abiertos de méritos, para proveer los cargos de personeros municipales, apropiándose de las competencias de un juez administrativo (…).

La denuncia penal se relaciona con el concurso público y abierto de méritos para proveer el cargo de Personero Municipal de Candelaria, Atlántico, en el que Montero Fontalvo participó junto a otros siete aspirantes al cargo.

Tras cumplirse el 90 por ciento de la etapa del concurso de méritos, el aspirante al cargo, Jesús Montero Fontalvo ocupaba el primer lugar con 66.7%, seguido de Marlon Alfonso Gutiérrez Gómez con un 55.6% de puntuación, siendo los dos únicos concursantes que habían superado la prueba de conocimiento.

El 10% restante del concurso corresponde a una entrevista que debían realizarle a ambos aspirantes, la actual mesa directiva del Concejo Municipal de Candelaria para elegir al nuevo Personero Municipal.

La denuncia contra la jueza primera promiscua del circuito de Sabanalarga, Esther María Armenta Castro se basa en la decisión de tutela de segunda instancia que la togada profirió el pasado 30 de marzo, en la que confirmó parcialmente el fallo del pasado 31 de enero, proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Candelaria, que 'concedió el amparo de los derechos fundamentales solicitados dentro de la presente acción de tutela instaurada por Jesús Montero Fontalvo, contra el Concejo Municipal de Candelaria, Atlántico'.

Sin embargo, la togada dejó sin efectos las diferentes resoluciones por medio de las cuales la anterior mesa directiva del Concejo de Candelaria había convocado y reglamentado el procedimiento para la realización del concurso público y abierto de méritos para proveer el cargo de Personero de ese municipio y ordenó la actual mesa directiva del Concejo Municipal para que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de dicha providencia reiniciara el concurso público de méritos para la escogencia del Personero Municipal de Candelaria, Atlántico.

Así mismo, por la decisión del incidente de nulidad de tutela de segunda instancia, interpuesta contra el fallo de tutela de segunda instancia del pasado 30 de marzo por los aspirantes al cargo de Personero Municipal de Candelaria, Jesús Montero Fontalvo y Marlon Alfonso Gutiérrez Gómez, por omisión de la vinculación de este último como tercero con interés legítimo en el fallo de la tutela.

La jueza Esther María Armenta Castro argumentó, entre otros aspectos para negar el incidente, la 'imposibilidad de Marlon Gutiérrez de igualar o superar el puntaje obtenido por Jesús Montero Fontalvo, quien figuraba primero en la lista en el proceso para la elección del Personero Municipal de Candelaria; el público conocimiento de la acción de tutela en comento, por las publicaciones efectuadas en medios de amplia circulación, como el Periódico El Heraldo…'.

Y planteó, de manera 'hipotética', como lo señaló la Sala Segunda de Decisión Civil de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla que tumbó el fallo de segunda instancia proferido por ese despacho que, pese a que Montero Fontalvo recibiera una calificación de 0%, y el segundo de los concursantes, Marlon Alfonso Gutiérrez Gómez se le calificara su entrevista con un puntaje máximo de 10%, 'arrojaría en el hipotético caso un total de 65.6% lo cual no le permitiría superar en la puntuación final al accionante quien sostendría su primer lugar con un puntaje de 66.7%'.

Tas cuestionar los argumentos de la jueza Armenta Castro, la Sala Segunda de Decisión Civil de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en decisión del pasado primero de junio, concedió acción de tutela instaurada por Marlon Alfonso Gutiérrez Gómez contra el Juzgado Promiscuo Municipal de Candelaria y el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Sabanalarga .

De igual manera declaró la nulidad de todo lo actuado dentro de la acción de tutela promovida por Jesús Montero Fontalvo contra el Concejo Municipal de Candelaria en primera instancia, el Juzgado Promiscuo Municipal de Candelaria, y en segunda instancia del Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Sabanalarga.

Y ordenó al Juzgado Promiscuo Municipal de Candelaria que en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de dicha providencia, reiniciara el proceso de tutela promovido por Jesús Montero Fontalvo contra el Concejo Municipal de Candelaria, previa vinculación y notificación de Marlon Alfonso Gutiérrez Gómez y de cualquier otra persona que hubiera participado como aspirante en ese concurso público y abierto de mérito.