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En decisión del pasado 17 febrero, el Juez Séptimo Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla condenó a 440 meses de prisión (36 años y seis meses) a John Fredy Rodríguez Morales, tras hallarlo responsable del delito de homicidio agravado.

Los hechos por los que el juzgado condenó en primera instancia a Rodríguez Morales se registraron el 10 de febrero de 2014 a las 9:45 p.m. en la carrera 23 con calle 10, del barrio La Luz, suroriente de Barranquilla, en los que murió Carlos Andrés Cabarcas Escorcia, quien tenía seis años de edad.

Ese día el menor viajaba en la parte de atrás del taxi que conducía su papá, Tony Alberto Cabarcas Villarreal, cuando sujetos a bordo de una moto interceptaron el vehículo en ese sector, con la intención de cometerles un atraco, situación que obligó al padre del menor a acelerar la marcha para escapar de los delincuentes.

Sin embargo, la reacción del parrillero de la moto fue sacar un arma de fuego y disparar contra los ocupantes del taxi, impactando el vidrio trasero del automotor. El proyectil lo recibió el pequeño, que viajaba en compañía de su madre.

Tras el ataque, el padre del menor emprendió una carrera a toda velocidad hacia el Hospital Universidad de Norte para que el pequeño fuera atendido, pero debido a la gravedad de la herida murió cuando iba a ser trasladado a otro centro hospitalario.

La condena contra John Fredy Rodríguez Morales fue apelada por su abogado defensor. A su vez, la representante de la Procuraduría solicitó al Tribunal Superior de la Sala Penal confirmar la decisión que profirió el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla en contra de John Fredy Rodríguez Morales.