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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial decidió archivar la investigación disciplinaria que le había sido abierta a una magistrada de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP por el trámite a una solicitud de Héctor Julio Alfonso López, alias El Gatico, que a través de una tutela pretendía el sometimiento a la justicia transicional y buscaba otros beneficios.

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“En su análisis, la jurisdicción disciplinaria no halló conducta reprochable alguna por parte de la funcionaria, evidenciado que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP dio cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela, incluidas sus posteriores modificaciones”, indicó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

El caso se inició luego de que la defensa del acusado alegara que no había sido resuelta la postulación a la JEP presentada desde agosto de 2018. Con base en esto, el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Sabanalarga, Atlántico, compulsó las copias para investigar la conducta de la magistrada.

Días más tarde, el 18 de febrero de 2020, la magistrada en cuestión decidió no aceptar la manifestación de sometimiento voluntario de Alfonso López ni conceder su libertad transitoria, “hasta tanto culminara el procedimiento de contrastación del plan de contribuciones” estipulado por la JEP.

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La magistrada aclaró que su despacho estaba a la espera de la evaluación del proyecto de reparación, junto con los conceptos del Ministerio Público y el Grupo de Análisis de Información de la JEP, con el fin de determinar si se cumplían todos los compromisos estipulados por el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición para su sometimiento a la justicia transicional.

El 28 de agosto de 2020, la Sala Dual Catorce de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, de la cual hacía parte la Magistrada, requirió a ‘El Gatico’ para que remitiera los ajustes a su propuesta de verdad, reparación y garantía de no repetición, corriendo traslado el 21 de octubre de 2020 al Ministerio Público para que se pronunciara sobre esa nueva propuesta.

Dos más tarde, el 22 de marzo de 2022, la magistrada remitió a la Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, la decisión final de fondo, que una vez más rechazó las pretensiones del hijo de Enilce López.

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“Si bien la Comisión no pasó por alto que la decisión proferida fue dictada por fuera del plazo fijado, estableció que dicha circunstancia obedeció a los inconvenientes surgidos en el trámite de sometimiento, los cuales fueron informados oportunamente por la Magistrada, quien en últimas resolvió la situación de Héctor Julio Alfonso López”, resolvió la corte disciplinaria.

Por eso, la Corte Disciplinaria en fallo con ponencia de la magistrada Diana Marina Vélez Vásquez, archivó la investigación en favor de la magistrada.