El juez 43 de Conocimiento de Bogotá negó este miércoles la libertad a la exgobernadora de La Guajira, Oneida Pinto Pérez, al considerar que no se vencieron los términos, toda vez que la Fiscalía radicó el escrito de acusación en Riohacha dentro del plazo establecido por la ley.
El togado dijo que 'el vencimiento de términos no procede porque la Fiscalía presentó el escrito de acusación dentro de los 60 días establecidos por la norma, ya que las audiencias concentradas de judicialización tuvieron lugar entre el 7 y el 15 de marzo, y según ello, los términos vencieron el 15 de mayo, pero el 11 de mayo la Fiscalía presentó el escrito de acusación en Riohacha, donde se adelantará el juicio oral, lo que desaparece el vencimiento'.
El despacho confirmó la decisión de la jueza 53 de control de garantías, quien había señalado además que los hechos imputados correspondían a actos de corrupción, por lo que el término subía a 120 días.
La defensa apeló dicha decisión y sostuvo que los delitos imputados a Pinto no correspondían a punibles contra la administración pública y que se hizo una interpretación errónea de la ley, por lo que los términos, aseguró, se vencían a los 60 días.
El pasado 15 de marzo, el juez 35 de control de garantías de Bogotá le dictó a Pinto Pérez medida de aseguramiento en la cárcel El Buen Pastor de la capital, al considerar que podría obstruir la justicia de permanecer en libertad y que era un peligro para la sociedad por la gravedad de los hechos que se le endilgan.
El administrador de justicia señaló en ese momento que 'existe inferencia razonable de responsabilidad' de la exmandataria en los hechos de corrupción perpetrados en dos contratos del programa para reducir la mortalidad infantil en Albania, La Guajira, durante la vigencia de 2011.
Entonces, el togado señaló además que 'el ingreso de los dineros presuntamente ilícitos, por 6.591 millones de pesos, por supuesto que no fue registrado en la campaña de Pinto', y agregó que 'en los convenios 008 y 041 de 2011, el entonces alcalde Yan Kéller Hernández, observa el despacho, ordenó que el municipio desembolsara la suma descrita por 18.990 millones de pesos de la totalidad de los contratos'.
Así mismo, advirtió el operador judicial que los 10 subcontratistas de los convenios, que a su vez subcontrataron a 1.459 personas para aparentemente votar por Pinto a la Alcaldía 'informaron a la Fiscalía que el control de los convenios lo tenía la señora Oneida Pinto, así como también influía en las situaciones de subcontratación y señalaron que cuando iban al banco BBVA de La Mina lo hacían en la camioneta de Pinto y acompañadas por algunos empleados de Pinto, y que el dinero lo entregaban en bolsas de basuras para ser llevado a la casa de la señora Pinto'.
En ese momento, la exmandataria decidió no allanarse a los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, falsedad en documento público y falsedad en documento privado.
El caso contra Pinto, quien no asistió a la solicitud de libertad estaba a cargo del fiscal 28 Anticorrupción, Carlos Castañeda.
Es de recordar que la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía viene siendo objeto de cuestionamientos, pues su exdirector, el barranquillero Luis Gustavo Moreno, está siendo procesado desde hace un par de semanas por exigir sobornos al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons, para favorecerlo en su proceso. Una de las aparentes modalidades para ello era que se llenaba de trabajo a los fiscales de la unidad para que no avanzaran en ese caso.