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Las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a favor del pueblo wayuu y lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-302 de 2017, no se está cumpliendo, según le informó el líder de la Asociación Shipia Wayuu Javier Rojas al defensor del pueblo Alfonso Negret Mosquera, quien visitó varias comunidades indígenas de La Guajira.

Rojas, quien fue peticionario de estas medidas ante la CIDH, aseguró que siguen faltando el suministro de agua potable y de alimentos en las comunidades wayuu y que por eso se siguen muriendo los niños por desnutrición.

Según el Instituto Nacional de Salud el año pasado fueron 58 las muertes por esta causa y este año ya se reportó el primer fallecimiento de un menor por la misma razón.

'La comunidad está cansada de denuncias estos hechos y por eso hemos pedido ayuda al defensor del pueblo para que se cumplan estos mandatos por parte de organismos nacionales e internacionales', afirmó.

Agregó que las cifras oficiales no reflejan la realidad, ya que muchos líderes wayuu han decidido no seguir usando las redes sociales para informar de las muertes debido a la frustración que sienten al ver que no hay resultados.

'En el terreno se evidencia que el Estado no ha cumplido con sus obligaciones y eso lo vio el defensor en quien vemos una voz de aliento y esperanza para que por fin se puedan ver las acciones', expresó.

En diciembre del 2015 la Comisión otorgó medidas cautelares a favor de los niños, niñas y adolescentes de las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao del pueblo wayuu, frente a temas que los aquejan como la desnutrición infantil, la falta de agua y el acceso a un buen servicio de salud.

En febrero del 2017 y por considerar que las mujeres gestantes wayuu de los municipios de Manaure, Riohacha y Uribia, en La Guajira, están en una situación de gravedad y urgencia y que su vida está en riesgo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, amplió las medidas cautelares que había otorgado a los niños para que se garantice su vida e integridad personal.

Por su parte la Corte Constitucional tuteló los derechos fundamentales a la salud, al agua potable, a la alimentación y a la seguridad alimentaria de los niños y niñas del pueblo wayuu, de conformidad con lo establecido en la sentencia T-302 de 2017, que declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en la materia.