La Procuradora Segunda Delegada ante el Consejo de Estado Diana Fabiola Millán quien fue asignada como Agencia Especial del Ministerio Público en el proceso que ahora está en segunda instancia por una demanda de nulidad de la credencial del alcalde de Manaure Juan José Robles Julio, emitió el concepto enviado al magistrado de la Sección Quinta del Consejo de Estado que ordenó la nulidad de la Elección de Robles Julio y que fue apelado por la defensa y hasta por uno de los demandantes.
El concepto de la Procuradora, confirma de manera parcial lo decidido en la primera instancia por el Tribunal de La Guajira y además solicita al magistrado ponente que se dicte sentencia de unificación con el propósito de sentar jurisprudencia sobre los efectos en el tiempo de las sentencias de anulación de los actos electorales, cuando la causal de anulación sea de carácter subjetivo, como ha ocurrido en este proceso.