La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia anunció este viernes sentido de fallo condenatorio contra el exgobernador de La Guajira Jorge Eduardo Pérez Bernier (2008–2011) por los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.
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A través de un comunicado, el alto tribunal recordó que los hechos por los que es procesado el exgobernador tienen que ver con el contrato No. 770 del 27 de noviembre de 2009, celebrado entre la Gobernación de La Guajira y la Unión Temporal del Norte (UTN), representada por Carmenza Ávila Chassaigne.
Dicho contrato tenía como propósito “ejecutar el programa de construcción, ampliación y adecuación de la infraestructura educativa de los colegios del ente territorial por un valor inicial de $90.000 millones de pesos”.
Sin embargo, fue objeto de varias modificaciones en cuanto a la ubicación, inversión y extensión de las obras, aumentando el plazo de ejecución, así como el monto final que ascendió a $134.000 millones de pesos, explicó la Corte.
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Por este caso la Fiscalía General de la Nación acusó a Jorge Eduardo Pérez Bernier por los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros agravado por la cuantía.
Tras estudiar el caso, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema consideró que el contrato No. 770 y sus modificaciones “fue el resultado de un sistemático incumplimiento a los requisitos legales de la contratación pública tras constatar la ausencia de estudios técnicos, de impacto, de viabilidad y de planeación, tanto en la fase precontractual como en la celebración de los mismos”.
Además, el alto tribunal determinó que la Unión Temporal del Norte habría sido seleccionada mediante “un proceso direccionado, con exigencias contractuales hechas a la medida de su experiencia previa, sin una posibilidad de competencia real para otros proponentes”.
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Asimismo, halló acreditado que “a través del contrato y sus adiciones, hubo apropiación indebida recursos públicos por un monto de $24.154 millones de pesos, favoreciendo a terceros y a la Unión Temporal del Norte como contratista”.
Por estos hechos, la Corte Suprema consideró que las actuaciones de Pérez Bernier “no fueron hechos independientes, sino que obedecieron a un diseño criminal único que se ejecutó en múltiples momentos, pero con continuidad en su propósito ilícito, ejecutado con unidad de propósito y dolo global”.
Jorge Eduardo Pérez Bernier seguirá en libertad hasta que se decida en la sentencia si es necesaria o no su captura.