La empresa Cerrejón, que explota el carbón en La Guajira, aún no ha sido notificada del fallo de la Corte Constitucional que resolvió una acción de tutela presentada por la Comunidad Indígena Media Luna Dos en contra de la Nación, los ministerios de Ambiente y del Interior, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, y la compañía minera.
De acuerdo con la decisión del máximo tribunal constitucional del país, las entidades mencionadas deben revisar la situación ambiental de La Guajira y las afectaciones que podría generar Cerrejón en la comunidad indígena.
Gabriel Bustos, gerente de Gestión Ambiental de Cerrejón, aseguró que, según lo que han conocido, la multinacional deberá realizar consultas previas por tres obras adicionales que se van a llevar a cabo en Puerto Bolívar, las cuales afirmó tienen su plan de manejo ambiental.
'Estas tienen que ver con aspectos más de seguridad. Por ejemplo, una es mejorar el dragado para la maniobrabilidad de los buques, la otra es un muelle de remolcadores y la tercera es un módulo de adición de la planta desalinizadora para mejorar el suministro de agua en el puerto y a las comunidades', explicó.
El fallo deja sin efecto la resolución de la Anla que aprobó esas obras. Bustos indicó que una vez les notifique la Corte tomarán las medidas que les ordenen.
Agregó que en Puerto Bolívar hay un plan de manejo ambiental que incluye control de calidad del aire, a través de una red monitoreo de polvo suspendido y polvo respirable. Sostuvo que nunca han superado los límites que establece la legislación colombiana.
'No debería haber razón para decir que estamos afectando la salud de las comunidades, teniendo en cuenta que tenemos estos indicadores, sobre todo en el polvo respirable. Sin embargo, reconocemos la molestia de la comunidad por partículas que pueden (generarse) ser por efecto del viento y la condición climática que hay en la zona', explicó el ejecutivo minero.
Dijo que se están trabajando en un plan de acción para mejorar los controles, tanto de emisión como el de las áreas aledañas con un barrido, en el que están incluidas las mismas comunidades.
Al estudiar la tutela la Corte Constitucional consideró que la explotación de carbón a cielo abierto realizada por la empresa afecta la salud de los pobladores, principalmente de las comunidades ubicadas en la zona Malla Norte y Media Luna.
Con las pruebas de la afectación 'visibles e identificables', el tribunal constitucional pidió la revisión del Plan de Manejo Ambiental aprobado por las autoridad competente 'y, en consecuencia, de la vigencia o no de la licencia ambiental para la explotación de carbón por parte del Cerrejón'.