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En el Juzgado 12 Penal Municipal de Barranquilla se definió en la tarde de este jueves dar un nuevo plazo a la constructora Alejandro Char y Cía, para que entregue una propuesta concreta que beneficie a las familias afectadas por los deslizamientos en Campo Alegre y que residen en el conjunto Altos del Campo.

En la audiencia hicieron presencia Martha Sanz, abogada de los afectados, Josefa Cassiani, secretaria de la Alcaldía Distrital, el defensor regional del pueblo, Milton Gómez, y el abogado de la firma constructora Alejandro Char y Cía.

Recientemente, el Tribunal Administrativo del Atlántico, mediante auto del 7 de julio de este año, vinculó a la Nación, a través del Ministerio del Interior, a la acción de grupo que en 2005 presentaron los damnificados de Campo Alegre en busca del resarcimiento de los perjuicios que sufrieron por los daños en sus apartamentos y lotes. Esto apunta a que el Gobierno Nacional asuma las indemnizaciones, y va en la misma vía de un auto de febrero que plantea eximir a los constructores.

Cronología jurídica por problemática en Campo Alegre

2005. Se declara la Urgencia Manifiesta en el sector de Campo Alegre. Se establecen las zonas críticas.

2005. Los propietarios afectados presentan acción de grupo ante el Tribunal Administrativo del Atlántico.

2006. Presentan acción de tutela contra el Distrito de Barranquilla y constructora Alejandro Char.

2008. La Corte Constitucional se pronuncia sobre el tema de Campo Alegre a través de la Sentencia 473-2008 ordenando la suspensión de las licencias de construcción, la realización de un estudio en el edificio Altos del Campo, y la reubicación de las familias afectadas. Se nombra un Alcalde Ad hoc.

2009. La Corte Constitucional nuevamente se pronuncia a través de la Sentencia 970 del 2009 a favor de los propietarios de Ciudad del Sol.

2011. El alcalde Ad Hoc expide la Resolución No. 01 del mayo del 2011, ordenando la reubicación de Altos del Campo. Comienzan las obras de mitigación en el sector del Tobogán

2012. La Corte profiere dentro de las Sentencias 473-2008 y 970-2009, los autos 120.

2013. La Corte profiere el auto 291. Los autos conminan a Distrito y constructora a dar cumplimiento al fallo.