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Un nuevo recurso de súplica en el tema de la estampilla Pro-Hospitales de primer y segundo nivel de atención en salud en Barranquilla presentó la Alcaldía Distrital ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Al respecto, el jefe de la oficina Jurídica de la Alcaldía de Barranquilla, Alfredo Del Toro, aseguró que lo que se busca es llevar el proceso a la 'sala de decisión', ya que en su concepto, las últimas determinaciones sobre el impuesto 'extrañamente' las han venido tomando los magistrados en sala unitaria.

Este nuevo recurso, presentado el viernes anterior, es 'para impugnar por esa vía un auto del 6 de agosto de 2015 mediante el cual el Consejo de Estado negó una nulidad que había solicitado el Distrito'.

Y ante la pregunta de por qué hacerlo nuevamente si la vez anterior fue negado, Del Toro respondió que el Distrito, como coadyuvante en este asunto, está en la obligación de apelar a todos los mecanismos que la ley le dispensa para tener derecho y el acceso a la administración de justicia. Esperan en unos 10 días aproximadamente obtener una respuesta.

Lo que buscan. Lo que persigue la Administración con esta solicitud es demostrar que es parte en el proceso, con carácter de litisconsorte necesario (término jurídico para indicar que es indispensable la presencia de todas las partes en el proceso), ya que es interesado directo en el resultado del proceso, en su condición de sujeto activo del impuesto de que trata la Ordenanza 070 de 2009.

También, que la solicitud de aclaración de la sentencia sea resuelta por la sala y no por el consejero ponente.

Frente a esto, el funcionario advirtió igualmente que el Distrito no está dilatando el proceso como lo ha dicho el Comité Intergremial del Atlántico, ya que la ley le otorga a los intervinientes unas herramientas jurídicas, y el Distrito a través de sus apoderados lo que ha hecho es usarlas.

Dentro del proceso de la estampilla Pro-Hospitales de primer y segundo nivel de atención en Barranquilla el Distrito ha presentado dos recursos de súplica, uno de nulidad, y una acción de tutela.

Del Toro insistió que están haciendo uso de los mecanismos que otorga la Ley, razón por la cual (en agosto de 2014) una vez conocieron la sentencia que tumbó dos artículos fundamentales, el 5 y 6, de la Ordenanza 070 de 2009 que establece el cobro de la estampilla Pro-Hospitales hicieron una solicitud de aclaración, la cual solo fue respondida cuatro meses después. Como la respuesta no los satisfizo después presentaron una solicitud de súplica para que los magistrados decidieran si la aclaración solicitada era o no viable.

También presentaron un recurso de nulidad porque el Distrito consideró que hubo falta de competencias de un solo magistrado para definir un asunto que le compete a la totalidad de la sala. Con relación a la tutela, Del Toro aclaró que el proceso es independiente y se presenta porque consideran que el fallo del Consejo de Estado violó el precedente constitucional.

El Distrito sigue cobrando la estampilla al considerar que todo cumplimiento de fallo judicial supone que debe hacérsele llegar copia de la sentencia con constancia de ejecutoria y a la fecha no ha sucedido. 'Si hoy llega la sentencia con constancia de ejecutoria inmediatamente procederemos a darle cumplimiento a la misma', apuntó el jurídico.

El recaudo de esta renta, por valor de $158 mil millones desde 2009 ha beneficiado a más de 1.200.000 barranquilleros y atlanticenses, según las cifras distritales.

Fallo en firme. El Comité Intergremial, por su lado, recalca que el fallo proferido el 14 de agosto de 2014 está en firme desde el 18 de enero de 2015, una vez quedó notificada la decisión que rechazó la solicitud de aclaración de la sentencia formulada por el Distrito de Barranquilla.

'Contra dicha decisión no procede recurso alguno, conforme lo establece el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil', señaló la presidente del gremio, Beatriz Vélez.

Para ella, el recurso de súplica interpuesto por el Distrito no va contra la sentencia, sino contra la decisión del Consejo de Estado que rechazó por improcedente la solicitud de aclaración. Este último recurso también fue rechazado el 24 de junio de 2015 –recordó–, decisión en la que el Consejo de Estado reitera que no es procedente la súplica de estas decisiones y, además, confirmó que el Distrito 'no es parte del proceso y tampoco fue admitido como coadyuvante'.

Vélez añadió que pese a que el Consejo de Estado en dos ocasiones ha rechazado las solicitudes y recursos interpuestos, 'la Alcaldía Distrital nuevamente interpuso un recurso de súplica contra la decisión que les negó el primer recurso de súplica, en una abierta y temeraria actuación que claramente será objeto de un nuevo rechazo y que no suspende el efecto de la sentencia'.

Según el Intergremial, las sentencias y, en general las decisiones judiciales, nunca se notifican personalmente a las partes y a los intervinientes en los procesos, sino que se notifican por estados o por edictos que son fijados en la secretaría del Juzgado, Tribunal o Corporación, según se trate.

De tal manera que, de acuerdo con la posición del Comité, no le asiste razón al secretario de Hacienda cuando dice que mientras la Alcaldía de Barranquilla no sea notificada de la decisión del Consejo de Estado negando el recurso de súplica, seguirán cobrando la estampilla. Adicionalmente, no siendo parte ni coadyuvante en el proceso, 'mal podrían pretender ser notificados'.

Contingencia fiscal

Según el Comité Intergremial del Atlántico, teniendo en cuenta que el Distrito ha recaudado más de $150 mil millones mediante la estampilla, de llegarse a presentar solicitudes de devolución sobre esta suma, el Distrito estaría enfrentando una contingencia fiscal de grandes proporciones. La jurisprudencia del Consejo de Estado ha sido reiterativa en cuanto a que estas devoluciones son procedentes y deben efectuarse con actualizaciones e intereses. 'Probablemente se trate de procesos, pero entre más largo sea, mayor será la condena por efecto de intereses'.