En decisión del pasado miércoles, el Tribunal Administrativo del Atlántico, en una sala unitaria de decisión del magistrado Ángel Hernández Cano, exhortó al Consejo Superior de la Universidad del Atlántico a que acate formal y materialmente, si aún no lo ha hecho, la medida cautelar urgente del 7 de julio pasado a través de la cual se suspendió la elección del rector en propiedad de la alma máter.
El pronunciamiento de Hernández resuelve una solicitud de desacato del representante de los estudiantes ante el Consejo Superior, Jhonhatan Camargo de Moya, quien consideró que se estaba incumpliendo lo ordenado por el Tribunal porque en una sesión extraordinaria citada para el 9 de julio en el orden del día se consideró en el tercer punto 'la elección del rector en propiedad y decisiones en torno a las recientes acciones judiciales relacionadas con la situación de la rectoría de la universidad'.
Al analizar las actas y grabaciones de esa sesión, el magistrado afirma que 'se colige, sin ambages, que a pesar de lo imperativo y perentorio de la orden impartida con la medida cautelar' de suspender la elección de rector en propiedad el Consejo Superior con su actuación no acreditaba 'formal y materialmente su acatamiento'.
Hernández recuerda que cualquier decisión adoptada a futuro en torno a la posibilidad de elección en propiedad de la universidad debe supeditarse a la orden judicial que él impartió. Por esa razón hace el llamado al Consejo Superior para que cumpla la medida cautelar y pide que de esta decisión quede constancia en un acta 'so pena de las sanciones pecuniarias previstas en el artículo 241 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo'.
La decisión de Hernández no hace referencia a la escogencia de rectora designada o encargada Rafaela Vos Obeso en reemplazo de Rafael Castillo Pacheco.