Margarita María Alvarado Maury, registradora de Puerto Colombia, fue capturada la tarde de ayer por funcionarios del CTI de la Fiscalía por la presunta suplantación de 700 personas que aparecieron inscritas para votar en el municipio costero el próximo 25 de octubre.
Mediante un comunicado, la Fiscalía indicó que la detención se dio en Puerto Asís, Putumayo, debido a que Alvarado Maury temporalmente es registradora de esa jurisdicción.
La funcionaria será trasladada hoy a Barranquilla para la realización de las audiencias ante un juez de control de garantías.
Alvarado Maury está vinculada a una investigación por los delitos de fraude e inscripción de cédulas y falsedad en documento público. Al igual que los demás delegados de la Registraduría en el país, fue trasladada mientras termina este periodo electoral.
La entidad también señaló que la registradora habría realizado este proceso en compañía de una candidata al Concejo del municipio.
Por este mismo caso ayer también fue capturado, en Puerto Colombia, Edison Junior Massa Samper, candidato a esa corporación por el Partido Liberal. Es hermano de Edison Massa Samper, ex secretario de desarrollo territorial de la misma población.
'Esta localidad de Atlántico ha sido la más afectada por trashumancia electoral. El Consejo Nacional Electoral anuló el 85 por ciento de las cédulas inscritas entre octubre de 2014 y agosto de 2015', informó la Fiscalía.
La Unidad de Datos de EL HERALDO cotejó el número de cédulas anuladas (6.551) e inscritas (7.780) en Puerto Colombia y el resultado fue 84,2%.
Este diario, en ediciones anteriores, había alertado que había inconsistencias en 2.170 cédulas inscritas en Puerto Colombia.
Tras acceder a una base de datos de las 2.455 cédulas, que se habían inscrito en el Municipio hasta el 22 de junio de este año, esta casa editorial encontró que solo 285 de esas (11,6%) tenían inscrito en Puerto Colombia su registro en el Sistema de identificación y clasificación de potenciales beneficiarios para programas sociales (Sisbén), el Fondo de solidaridad y garantía del sistema general de seguridad en salud de Colombia (Fosyga) o votaron allí por última vez. Estos criterios, según el Consejo Nacional Electoral (CNE), son esenciales para determinar el lugar de residencia de un ciudadano e identificar posibles trashumantes.
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Trashumancia
Mediante la Ley 599 de 2000, por medio de la cual se expidió el Código Penal Colombiano vigente, se tipifica como delito esta conducta en el artículo 389, el cual dispone: 'El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses'.
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