En Barranquilla, un año después de aprobada la ley 1730 de 2014, aún no se ha generado la primera venta de alguno de los miles de vehículos que se encuentran en los cinco patios de tránsito de la Secretaría de Movilidad.
El estatuto –conocido como la Ley de Patios– decreta que, pasado un año, un vehículo inmovilizado, sea por infracción de tránsito o accidente, puede ser declarado en abandono por el Distrito para proceder a su venta o chatarrización.
Con el dinero recaudado deben pagarse la deuda en las que haya incurrido el ente distrital (grúa, parqueadero y la multa) y lo que se le deba a la Gobernación (impuesto automotor). El excedente que quede deben consignarlo en una cuenta especial a nombre del propietario del vehículo, quien podrá reclamarlo en un período de cinco años.
Otilia Ordóñez Pérez, asesora jurídica y jefa del servicio al cliente de la Secretaría de Movilidad, dice que no han aplicado la norma porque realizan, desde julio, una identificación plena de los vehículos inmovilizados para cumplir con el primer requisito de la ley: publicar un listado de los vehículos que llevan más de un año en los patios.
A corte de 9 de octubre de 2015, la entidad distrital registraba en su base de datos la inmovilización de 16.775 vehículos de todas las modalidades: motos, particulares, taxis, buses, accidentados y bicicoches.
Ordóñez destaca, además, que hasta agosto de 2014 la cantidad de vehículos a los que se les aplicaría la ley (más de un año de inmovilizados) era de 13.850, de los cuales 8.841 corresponden a motos, 943 a carros (camperos, automóviles y taxis) y 4.066 a bicicoches, buses y busetas.
'Queremos realizar un proceso transparente y claro para las personas a las que les han inmovilizado sus vehículos, desde que se creó la Secretaría el 26 de diciembre de 2008. La ley tiene unos requisitos y por eso estamos efectuando el conteo uno a uno y la verificación con peritos a nuestro servicio', comenta la funcionaria.
EL Proceso
Después de publicado el listado de los inmovilizados, los propietarios, en un plazo de 15 días, deberán subsanar las obligaciones derivadas de la causa que motivó la sanción impuesta.
Si el propietario no lo hace, la Secretaría, habiendo realizado el procedimiento administrativo, podrá declarar el abandono mediante acto administrativo y disponer del vehículo para su remate o chatarrización.
En caso de que el valor de la venta sea inferior al monto adeudado, Ordóñez explica que sobre el faltante deberán realizar un cobro coactivo que le será notificado al propietario del vehículo, a través de la Subdirección de Jurisdicción Coactiva de la Secretaría de Movilidad.
Resalta que la norma deja claro que 'se debe respetar el tema de los vehículos que están por órdenes judiciales para continuar con el procedimiento que dice la ley'.
En Barranquilla, con la implementación de esta norma, esperan descongestionar los cinco patios habilitados para recibir vehículos inmovilizados (el de la calle 42 con carrera 45, Vía 40 con 54, Vía 40 con calle 73, Vía 40 con calle 79 y el de la calle 54 con carrera 11), a cargo del concesionario Transportes y Grúas, y cuyo gerente es Eduardo Varela.
'Iniciamos el proceso de verificación de acuerdo con la nueva norma. Empezamos nosotros y se lo entregamos a la secretaría de Movilidad. Ellos lo continúan', dice el concesionario.
LO QUE DEBEN PAGAR
Los vehículos con mayor antigüedad llevan más de una década parqueados a expensas del Distrito y por lo menos el 75% de estos son motos.
Durante un recorrido por los patios de la Vía 40 con calle 73 y calle 79, EL HERALDO evidenció que se han convertido en verdaderos cementerios de carros, camiones y motos.
Además del polvo y el salitre impregnados por años y meses en la mayoría de los vehículos, el sol y la maleza hacen de las suyas cada día.
En el patio de la Vía 40 con calle 73 la espesura del monte crece en el interior de muchos vehículos y en el peor de los casos se los ha tragado literalmente, escondiéndolos a simple vista y dificultando su futura inspección.
Deudas
Ordóñez Pérez afirma que las deudas de un carro o una moto con más de un año en los patios distritales terminan siendo un problema porque al infractor puede llegar a costarle más de lo que vale el vehículo retenido.
Hoy, por ejemplo, cada día de patio de una moto cuesta $5.950. Si transcurre un año, el solo parqueo vale $2.171.750, pero si se suma los $50.400 de la grúa, el infractor tendrá que pagar por esos dos conceptos $2.222.150.
En el caso de los carros, el parqueo diario vale $11.950, es decir $4.361.750 al año. Sumados a los $100.800 de la grúa, la deuda total será de $4.442.550.
De igual forma, los camiones, tractocamiones, buses y busetas pagan $21.500 diarios de parqueo y $182.700 por grúa, $8.030.200 al año. A los microbuses les cuesta $17.600 más $151.200 de grúa, para un total de $6.575.200 por anualidad.
REVISIÓN MECÁNICA
La asesora jurídica comenta que realizaron reuniones con la Gobernación del Atlántico para revisar el tema de la condonación de deudas.
'Hicimos diligencias a través de la Secretaria de Hacienda departamental, que cobra el impuesto de timbre y rodamiento, porque tenemos una gran cantidad de vehículos particulares y nos dijeron que habían adelantado unos descuentos de ley. Si las personas no comparecen dentro del término de la publicación, a la autoridad de tránsito que declara abandono se le dificulta un poco el proceso porque tiene que adelantar las acciones ante el Concejo y la Asamblea a ver si se obtiene la condonación de las deudas', indica.
Víctor Cantillo, docente de la Universidad del Norte, doctor en Ciencias de la ingeniería y experto en movilidad, advierte que es muy difícil que una persona decida sacar un vehículo pasado un año por el alto valor de la multa, sobre todo en el caso de las motocicletas que supera el costo de estas.
'Yo espero, recomendaría, que si esos vehículos los sacan sean sometidos a una revisión técnico-mecánica para que no circulen en las pésima condición en que van a salir', manifiesta Cantillo y llama la atención sobre que si el Distrito no implementa esta ley, lo que hoy sucede le seguirá costando dinero.
En todo caso, según calculos de la Secretaría de Movilidad, este año ya no se realizará la venta del primer vehículo inmovilizado por más de un año. Por eso, desde 2016 la nueva administración distrital deberá encargarse de descongestionar ‘el camino’ de la Ley Patios.
La Ley 1730 de 2014
Se publica el listado de los vehículos que se encuentran inmovilizados desde hace un año o más para que los propietarios y/o poseedores en un plazo de 15 días subsanen las obligaciones derivadas de la causa de la inmovilización.
En caso de que el propietario no subsane las obligaciones, la Secretaría de Movilidad podrá declara el abandono en un acto administrativo.
Al declarar el abandono, la Secretaría de Movilidad podrá adelantar los procesos para el remate de los mismos.
En caso de quedar un excedente en dinero, será consignado a una cuenta y el dueño tendrá un término de 5 años para reclamarlo.