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Luego de la sanción de la ordenanza en la Asamblea, la Alcaldía radicó en el Concejo de Barranquilla el proyecto que reglamenta la emisión de la estampilla Pro Hospitales de primer y segundo nivel de atención en el Distrito de Barranquilla.

Este es el paso que seguía luego de que el gobernador ad hoc para el tema, Alfonso Camerano, sancionara el pasado 16 de octubre la norma.

'Sería una nueva estampilla', explicó Fidel Castaño, gerente de Gestión de Ingresos del Distrito al señalar que el Concejo toma las facultades que le da la Ordenanza y desarrolla los elementos de la estampilla, al tiempo que corrige los aspectos con que el Consejo de Estado declaró nulo los artículos 5 y 6 de la Ordenanza 070 que contempla la estampilla que aún cobra el Distrito. Según Castaño, esto es lo que se da para que exista continuidad en todo el esquema de salud.

'Creemos que el trámite será rápido porque con esto se soluciona toda la discusión jurídica y las diferentes posiciones sobre el tema ya que se contará con una nueva estampilla para el sector salud de la ciudad', advirtió el funcionario al tiempo que reiteró que mientras tanto el cobro del tributo por parte del Distrito continúa porque no se ha definido la aclaración que el Distrito pidió para efectos de la sentencia.

'Como no se ha definido la situación y la sección cuarta del Consejo de Estado que es la que define esa situación nombró un conjuez, seguiremos cobrando porque la Ordenanza 070 está claramente vigente', agregó.

Así mismo, Carlos Rojano Llinás, presidente del Concejo Distrital, explicó que el proyecto tiene ponencia para primer debate y ya pasó a la Comisión Segunda de Presupuesto y Asuntos Fiscales liderada por el concejal Luis Zapata Donado, para su estudio.

En la exposición de motivos del proyecto la alcaldesa Elsa Noguera detalla que mediante la Ley 663 de 2001, el Congreso de la República autorizó a la Asamblea del Departamento del Atlántico la emisión de la estampilla Pro Hospitales, autorizándola a determinar los elementos estructurales de esa obligación. Justificó además que el artículo cuarto de la referida ley facultó a los concejos municipales para que, previa autorización de la Asamblea, implementaran en cada una de sus jurisdicciones el tributo, conservando la exclusividad de la destinación del recaudo en los términos del artículo 2 de la misma ley.

Señala la mandataria que con base en eso la Asamblea la Ordenanza 070 de 2009, que sustituyó al Acuerdo distrital No. 010 de 2005, que también había sido demandado, pero cuya sentencia definitiva no tuvo utilidad práctica, ya que cuando la misma se publicó, ya estaba vigente la ordenanza 70, que también fue demandada, y que el Consejo de Estado declaró nula parcialmente.

La alcaldesa Noguera asegura en la exposición de motivos que la sentencia del 14 de agosto de 2014 del Consejo de Estado aún no está en firme, por dos razones fundamentales: porque está pendiente de resolver un incidente de nulidad y un recurso de súplica interpuestos contra la sentencia del 23 de julio de 2015 proferida por la sección primera del Consejo de Estado en la que denegó la tutela interpuesta por el Distrito de Barranquilla al estimar contra toda evidencia que no se argumentó por qué razón el asunto tenía relevancia constitucional. Además, indicó, porque se solicitó aclaración de la expresión 'intención dilatoria' contenida en la misma sentencia descalificando un recurso de súplica según el cual la solicitud de aclaración de una sentencia solo puede ser resuelta por el mismo juez que la dictó.

Según dice sobre la solicitud de aclaración presentada por el Distrito de Barranquilla a la sentencia del 6 de agosto de 2014, si bien no puede cambiar el sentido del fallo hay que esperar a que el Consejo de Estado se pronuncie y además porque hay que esperar que el expediente sea devuelto al Tribunal Administrativo y este dicte la orden de darle cumplimiento.