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Con el objetivo de determinar la actual funcionalidad del lago El Cisne o Ciénaga del Rincón, además de los usos vigentes en la zona, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, CRA, contrató a la Universidad del Magdalena que definió que la ronda hídrica del cuerpo de agua es de 42,8 hectáreas. (Ver infografía)

EL HERALDO tuvo acceso en exclusiva al informe, que tardó ocho meses en ser elaborado en terreno y consolidado, el cual consideró criterios geomorfológicos, hidrológicos, ecológicos y paisajísticos que permitieron delimitar las áreas que requieren medidas de preservación, restauración y tienen uso múltiple sostenible.

De las tres categorías establecidas, esta última es la que más hectáreas comprende de la ronda (24,69 ha), con áreas que han perdido por completo la prestación de los servicios ambientales, debido a la influencia parcial o total de predios privados.

Sobre la ronda hídrica fueron identificados 22 predios, de los cuales 13 están en suelo urbano y 9 en rural, según la clasificación hecha por el Plan Básico de Ordenamiento Territorial –PBOT– de Puerto Colombia.

Con base en la información recolectada, la institución que reemplace al Incoder, entidad que el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos decidió liquidar, deberá determinar si los actuales linderos corresponden a los que aparecen en los certificados de tradición que reposan en los archivos de la Superintendencia Notariado y Registro, y si deben ser realinderados. Explica el informe que el análisis predial se realizó utilizando sistemas satelitales y a partir de la información existente en la oficina de catastro del Instituto Geográfico Agustín Codazzi de 2012 y actualizada.

La totalidad de los predios privados ocupan un área aproximada de 120 hectáreas, de la cual –señala Unimagdalena– el 34% afecta la ronda hídrica. Dos de los predios están siendo afectados en su totalidad por la ronda: Lousiana y Ruth (carretera a Barranquilla). Existen tres predios que ocupan entre 90 a 96% del total de su terreno en la ronda hídrica: La Serafina lote 1A, La Conchita 3 y San José lote 1.

Hay 6 predios que ocupan entre el 50 y el 70% del total de predio en la ronda hídrica, como son los predios El Castillo, La Lógica No. 5, El Refugio, Altamira Caujaral y Carretera Punta Roca banda Norte. Además, existen 6 cuya ocupación en la ronda hídrica está entre el 20 al 50% y los restantes están por debajo del 20%.

Los predios más grandes son Globo 11 Caujaral con 40,63 hectáreas, y cuyo dueño es la Asamblea de Copropietarios del Club Lagos del Caujaral, y San Francisco, de Aléx Rinkell, con 28,90 hectáreas.

La situación legal de los predios aledaños al área del lago El Cisne, la restitución de bienes en la zona y la real extensión de la ronda han sido varios de los puntos álgidos en la agenda de veedores ciudadanos y la CRA.

El Decreto 2811 de 1974 del Código Nacional de los Recursos Naturales establece en su capítulo II, del Dominio de las Aguas y sus Cauces, que 'sin perjuicio de los derechos privados adquiridos con arreglo a la ley, las aguas son de dominio público, inalienable e imprescriptible'.

La Ley. Los últimos conceptos del Consejo de Estado establecen que 'los humedales son bienes de uso público y por tanto no pueden existir derechos adquiridos'. Si se desecan, no surge ningún derecho a favor de los particulares. Si hay posesión o invasión, el Estado debe acudir a la restitución del bien. Si hay derecho privado adquirido legalmente sobre el humedal, se puede proceder a la expropiación mediante declaratoria de su función ecológica o ambiental.

La CRA insistió en que el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, que hoy se encuentra en liquidación, o la entidad del resorte del Ministerio de Agricultura pertinente, realizará un proceso agrario de deslinde, cuya principal finalidad es separar los terrenos de uso público y de propiedad de la Nación de aquellos de propiedad privada. Dicho procedimiento está contenido en el artículo 41 del Decreto 1465 de 2013, en donde dice que su objetivo 'es deslindar las tierras de propiedad de la Nación, en especial los baldíos y los bienes de uso público, para delimitarlas de aquellas que le son colindantes'.

El Incoder precisó a EL HERALDO que ni la dirección territorial de Atlántico ni la Subgerencia de Tierras Rurales tienen competencias legales sancionatorias. En consecuencia, la corrección consiste en establecer cuáles predios son públicos y recuperarlos para que tengan la correspondiente destinación legal. No existe ninguna sanción penal, pecuniaria (multa), ni disciplinaria que se imponga en el marco de este proceso. No obstante, si existen indebidos usos de los recursos naturales que se ubican en una zona intervenida por un proceso agrario, nada impide a las autoridades ambientales, en este caso la CRA, iniciar los procesos sancionatorios ambientales a que haya lugar. Si se cometen conductas que puedan tipificarse como delitos, la Fiscalía puede investigar lo que sea de su competencia.

'Este documento sirve de insumo para que se haga una revisión predial por parte de las autoridades, y determinen si definitivamente hay propietarios en los que deba reiniciarse un proceso de restitución porque de alguna manera haya alguna extrapolación en materia de límites con el área del lago', afirmó Alberto Escolar, director de la CRA.

La definición de la ronda hídrica de un cuerpo de agua debe considerar aquellas áreas donde históricamente la lámina o espejo de agua ha cubierto el territorio. Para ello la Universidad del Magdalena realizó el análisis de imágenes satelitales de diferentes años de El Cisne y una plancha topográfica. El estudio tuvo un costo de $357 millones 500 mil, de los cuales la CRA puso $325 millones y la universidad $32 millones 500 mil.

Zonificación. Para la definición de la ronda se realizaron tres tipos de zonificación ambiental: de preservación, restauración y de uso múltiple sostenible. Con base en el análisis se delimitó que 10,37 hectáreas (24,8% del área total) están en zona de preservación. Es decir, en zonas donde se prohíben usos de aprovechamiento de bosque. Esta categoría comprende boscajes de manglar bien conservados, con la presencia de mangle zaragoza y permitirá usos como la investigación, la pesca recreativa en la ciénaga, el monitoreo, recreación pasiva y el ecoturismo.

La zona de restauración ocupa 6,8 hectáreas (16,2%). Cuenta con relictos de bosques de manglar talados que requieren recuperación, a fin de restablecer los servicios ambientales que presta el ecosistema. Se encuentra en medio o alto grado de intervención, la presencia de fauna es media a baja y se identifican conflictos de uso por el desarrollo de actividades, como pastoreo de ganado.

En la implementación de estas áreas, los usos se limitarán al monitoreo, la investigación, la reforestación, el mantenimiento de manglares, el control de la contaminación. Serán restringidos los usos relacionados con el aprovechamiento del bosque y la fauna. La destinación a futuro de estas áreas será para la preservación.

La zona de uso múltiple comprende 24,69 hectáreas (59% del área total de la ronda). El análisis considera dentro de estas áreas los predios de Lago El Caujaral, el área posterior del Hotel El Holandés y, en general, aquellas áreas que han perdido por completo la prestación de los servicios ambientales. Por ejemplo, los predios que son afectados en su totalidad por la ronda hídrica: Lousiana, del holandés Adrianus Cornelis María Hollenberg, y Ruth - Carretera a Barranquilla, de Silvia Helena De Castro Vásquez, comprenden unas dos hectáreas.

De acuerdo con las matrículas inmobiliarias que aparece relacionadas en el estudio, el lote La Serafina Lote 1A, cuyo dueño también es María Hollenberg, es descrito en el certificado de tradición de la oficina de Registros de Instrumentos Públicos de Barranquilla, como un apartamento 46,21 metros cuadrados y no un predio de 3,35 hectáreas.

Los predios El Castillo, La Lógica lote 5, Lousiana, Blanco Mar 2, El Refugio, La Conchita lote 2, Montanar, La Conchita 3, Lagomar San José, Andrés, Ruth, San José lote 1, La Serafina lote 2 y el identificado como Carretera a Sabanilla pertenecieron al exgobernador del Atlántico, José Martín Blanco Núñez ( 1946 – 1948), y algunos de estos siguen siendo de sus herederos.

Con relación a la zonificación ambiental de la ronda hídrica, el informe revela que la afectación de las zonas de preservación y uso múltiple restringido ocupa 8,8 y 4,8 hectáreas, respectivamente, sobre los predios que la afectan; 23,1 hectáreas se encuentran bajo la categoría de uso múltiple sostenible.

Antecedentes. El grupo de trabajo puntualiza que en la Ciénaga del Rincón la información histórica y oficial es escasa. Que existen pocos estudios biológicos sobre el cuerpo de agua que contenga datos históricos consistentes y sean de utilidad para la identificación de los límites del humedal.

La información disponible corresponde a 'estudios puntuales en su extensión y no hay relación o descripción de la dinámica de sus componentes, al menos de manera espacial'.

Las variables contenidas en el estudio hecho por la empresa Triple A, en 2005, sobre la calidad del agua de El Cisne, y de Benítez y Castro, en ese mismo año, sobre la variación espacio temporal de la comunidad planctónica de rotíferos, no fueron valoradas debido a la ausencia de agua en el sistema, como parte de los criterios para su delimitación. En 2014, la CRA incluyó la Ciénaga del Rincón como parte de los sistemas acuáticos monitoreados anualmente por la institución, sin embargo, el informe indica que la información es puntual y los resultados, 'si bien son indicadores del estado general del sistema, no incluye la distribución espacial y temporal de los componentes bióticos', dentro de los que se incluyen las plantas acuática.

Conclusiones. El grupo de trabajo concluye que el estado de la Ciénaga del Rincón ha causado mortalidad de 'gran variedad de especies animales', como hicoteas y babillas que hoy 'no se observan' en el área. Destaca, sin embargo, que hay especies de reptiles, iguanas y lobitos.

Recomiendan que para restaurar el humedal 'deben crear hábitats' para las especies animales que hacían parte del ecosistema. En ese objetivo señalan que es indispensable restablecer la vegetación, tanto acuática como terrestre, que brinde un ambiente óptimo para toda la cadena trófica.

Consideran 'prioritario' desarrollar áreas o zonas representativas en las cuales deben establecerse sistemas físicos y biológicos como depuración con vegetación acuática (macrofita) para el tratamiento de las aguas provenientes del Arroyo León.

También concluyen que es necesario buscar la manera de 'aislar parcialmente' la Ciénaga del Rincón, de tal manera que algunas áreas no sean accesibles al público para que se 'conviertan en refugio y lugar de alimentación' de especies animales.

Una de esas áreas está claramente identificada: corresponde a la franja densa en la que hay 'mangle zaragoza'.

La próxima semana la CRA entregará el informe al Incoder. Con la definición de la ronda hídrica comienza una nueva etapa en la que las autoridades adquieren mayor responsabilidades sobre el estado y futuro de El Cisne; y en la que se pondrá punto final a las discusiones en torno a su extensión y usos por parte de privados.

El Cisne

La cuenca de la Ciénaga El Rincón o Lago El Cisne presenta una superficie aproximada de 296,2 km2, cuya área de influencia está definida a partir del nacimiento del arroyo Grande, a la altura de Pital de Megua, municipio de Baranoa, extendiéndose hacia el norte del Departamento y recibiendo escorrentías del suroccidente de Barranquilla.

La empresa Ambbio Colombia se encarga actualmente de la ejecución de las obras de recuperación del cuerpo de agua, que tienen un costo de $2.500 millones. Estas comprenden un sistema de tratamiento de las aguas del arroyo León, bombeo al lago y la construcción de un parque lineal.