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El Ministerio de Transporte dio a conocer esta semana la nueva reglamentación que entrará a regir a partir de 2018 para el sistema de Fotomultas.

EL HERALDO presenta un informe sobre cómo funciona el sistema en Barranquilla. Son 43 cámaras de fiscalización electrónica ubicadas en distintos puntos de la ciudad que según la secretaría de Tránsito y Seguridad Vial tienen como fin disminuir la accidentalidad, proteger a los estudiantes, peatones y controlar la velocidad de los vehículos que circulan en las zonas escolares.

Fernando Isaza, secretario de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito explica que antes de escoger un punto para instalar una cámara, el área técnica del Tránsito realiza estudios en los que tienen en cuenta aspectos relacionados con la accidentalidad, velocidad, volumen vehicular, volumen peatonal y geometría de las vías.

Las fotomultas que se implementan desde 2010 en Barranquilla a cargo de la concesión Construseñales, controlan las más comunes violaciones a la norma de tránsito: excesos de velocidad, violación al pico y placa, bloquear los cruces, parar sobre la cebra. (Ver mapa con los puntos de fiscalización electrónica).

Este tipo de infracción se detecta a través de radares y dispositivos equipados con sensores y cámaras para capturar fotos y videos.

El proceso tras la captura de la imagen es el siguiente: se imprime la imagen que es enviada a agentes de tránsito para validar si hubo o no violación. Si se confirma la falta, se envía el aviso de comparendo a la dirección registrada por el propietario en la Secretaría de Tránsito donde se encuentra matriculado el vehículo.

El comparendo electrónico tiene toda la información sobre la falta: dos fotografías, un código de barras y las fechas de pago.

Una vez recibida la notificación (por obligación debe enviarse por correo certificado en los tres días hábiles siguientes al hecho), por lo que los conductores pueden corroborar y ampliar la información en la Secretaría de Tránsito o consultar las fotomultas en la página del Simit.

De acuerdo con lo establecido por la Corte Constitucional, una vez se notifique, la persona tiene 11 días hábiles para llevar a cabo su defensa y demostrar su inocencia.

Las fotomultas no podrán ser impuestas a una persona distinta a quien cometió la infracción.

Aquellas personas en desacuerdo con la sanción pueden solicitar una audiencia hasta 11 días hábiles después de recibida la fotomulta. Durante este lapso de tiempo debe reunir pruebas para su defensa.

Una vez aceptada la multa y dentro de los 11 días hábiles, luego de la notificación, el infractor deberá acogerse a estos tipos de pagos: Pagar el 100% del valor de la fotomulta u obtener descuentos por cursos de seguridad vial: 50% de descuento y un curso sobre cultura vial.

Según la Secretaría de Tránsito, cuando comenzó a funcionar el sistema de fiscalización electrónica las infracciones más comunes captadas por las cámaras eran la velocidad y luz roja, considerados los mayores generadores de accidentalidad fatal.

Hoy las autoridades concentran sus esfuerzos en mejorar la movilidad y ejercen control a otro tipo de infracciones que 'no impactan tanto en la accidentalidad', pero que causan conflicto en la movilidad como lo es el estacionamiento en sitio prohibidos y el bloqueo de intersección, siendo el primero el más frecuente en estos momentos.

El total de comparendos es de 92.160, un promedio de 5.495. (Ver tabla de cámaras que más infracciones registran).

Por multas fueron recaudados en el 2016 la suma de $16.652.821.868 y en el 2017; $13.838.234.148. Los recaudos por comparendos según Isaza son invertidos en seguridad vial y cultura ciudadana. Al concesionario le corresponde el 31% y el Distrito el 69%.

Por mal parqueo han sido emitidas multas por $322.180, por bloqueo de intersección, $344.730. (Ver tablas con valor de multas emitidas).

El contrato de concesión fue suscrito con Construimos y Señalizamos S.A (Construseñales S.A), representado legalmente por Herman Bernal Janna. Empezaron operación en abril de 2010 y la concesión finaliza en el 2027.

Nuevos criterios

Dando cumplimiento a la Ley 1843 de 2017, el Ministerio de Transporte trabaja en la reglamentación que define nuevos criterios técnicos para la instalación y operación de los dispositivos electrónicos de detección e infracciones de tránsito en el país, más conocidos como fotomultas.

Según el Ministerio, este proyecto es muy importante porque pone en 'cintura las fotomultas' para que se conviertan en lo que verdaderamente debe ser. 'Una herramienta para contribuir con la seguridad vial y no en una caja registradora en favor de unos privados', según lo expresó el viceministro de Transporte, Alejandro Maya.

La construcción de este proyecto de resolución cuenta con cuatro componentes fundamentales: Se establece un techo en el recaudo del privado. Las fotomultas no podrán remunerar a la inversión privada con un porcentaje superior al 10% del recaudo.

El Ministerio de Transporte será quien dé la autorización para la instalación de los dispositivos después de que la autoridad de tránsito presente un estudio de viabilidad técnica avalado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en donde especifiquen los criterios de ubicación del dispositivo (tramos críticos, infraestructura, siniestralidad, caracterización de flujos).

Teniendo en cuenta que estos dispositivos serán instalados en lugares donde represente riesgo de accidente, su ubicación deberá contar con la señalización pertinente a mínimo 500 metros de distancia.

Los dispositivos deben estar debidamente calibrados.