Un vocero de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, le dijo a EL HERALDO que la App del río Magdalena 'no requiere de licencia ambiental' sino de la herramienta del 'Programa de Adaptación de la Guía Ambiental, Paga'.
Esto luego de que la ministra de Transporte, la barranquillera Ángela María Orozco, advirtiera en este diario que el proyecto de la recuperación de la navegabilidad de la principal arteria fluvial del país debía empezar de cero, lo que conllevaría entre seis y ocho meses de estudios, entre otros asuntos, porque no tenía licencia ambiental.
Según la jefa de la cartera de infraestructura, el proyecto se hizo con una guía de manejo ambiental y no con una licencia. Lo que quiere decir, agregó, que no tuvo un estudio de impacto socioambiental detallado que le permitiera tramitar una licencia ambiental, sino que 'por la vía exprés' obtuvo una guía que 'resultó ser muy general y no es lo suficientemente detallada y profunda conforme a la importancia ambiental de la zona y a la magnitud del proyecto'.
Pero el vocero de la Anla aseveró que Orozco pudiese estar confundiendo las guías para mejoramiento con la licencia ambiental, y reiteró que lo que se establece para estos casos 'es el Programa de Adaptación de la Guía Ambiental, Paga, que debe aplicar la guía de acuerdo al subsector'.
El Paga es una herramienta administrativa del sector transporte para optimizar y mejorar la calidad de las obras. El Invías adoptó este programa como instrumento de autogestión y autorregulación para el sector, con el fin de que se identificaran los impactos ambientales y sociales, como un requerimiento en los contratos de concesión y de obra.
Esta herramienta, por ejemplo, sirve de control en actividades de mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de carreteras, teniendo presente que estas últimas no requieren licencia ambiental.
El Ministerio de Ambiente emitió el Decreto 1023 de 2005, 'Por el cual se adoptan las guías ambientales como instrumento de autogestión y autorregulación', cuya implementación es de carácter obligatorio y constituyen el compromiso del sector de infraestructura con el desarrollo sostenible.
A su vez, el representante a la Cámara por Cambio Radical, el barranquillero César Lorduy, colgó en Twitter unos documentos de 2015 en que la Anla definía al respecto que no se requería licencia ambiental para la App del río.
'Aquí está el documento expedido por @ANLA_Col mediante el cual se hace constar que la APP del río Magdalena no requiere licencia ambiental, y en consecuencia ninguno de los requisitos (consultas) que esta contempla', se lee en el 'trino'.
Y en el documento, dirigido al entonces representante legal de la empresa al frente, Navelena, por parte de la ex directora de Trámites Ambientales de la Anla y hoy directora de la de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Claudia Victoria González, se lee: '(...) Conforme a lo establecido por el Decreto 1076 de 2015, el proyecto que usted refiere (la App del río) no demanda del trámite de Licencia Ambiental ante la Anla'.