La Procuraduría Provincial de Santa Marta destituyó a 19 concejales de Soledad por extralimitarse en sus funciones al aprobar un impuesto para alimentar el Fondo de Fomento y Desarrollo del Deporte del municipio, el cual —según el demandante— había sido anulado, años atrás, por la misma corporación edílica.
En el fallo de primera instancia, fechado el 11 de julio, el Ministerio Público también los inhabilita, en término general, para ocupar cargos públicos durante los próximos 10 años.
En la parte resolutiva de la decisión, contenida en un documento de 32 páginas, la Procuraduría Provincial advirtió que tras analizar las pruebas recaudadas dentro del proceso se probó la falta y la responsabilidad disciplinaria de los concejales, la cual calificó como una 'falta gravísima cometida a título de dolo'.
El proceso
La denuncia que originó la actuación disciplinaria contra los concejales soledeños fue presentada por el abogado Paulo Varelo el 2 de junio de 2016. En la queja el jurista advertía de las presuntas irregularidades en las que habrían incurrido los concejales al haber debatido, aprobado y expedido el Acuerdo 00199 del 7 de marzo de 2016.
A través de dicho Acuerdo se creó el Fondo de Fomento del Desarrollo del Deporte de Soledad y se estableció, como forma de financiación del fondo, un impuesto del 1,5% sobre todos los convenios y contratos suscritos por el municipio y los entes descentralizados del orden municipal, cuya cuantía fuera igual o superior a 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Tras recibir la queja, la Procuraduría Provincial de Barranquilla ordenó la apertura de la investigación disciplinaria contra los 19 concejales el 21 de junio de 2016. En desarrollo de esta etapa se realizaron inspecciones en la sede de la corporación y se recolectaron las pruebas dentro del proceso.
Sin embargo, en octubre de 2016, por petición de la parte demandante, la Procuraduría General de la Nación designó al procurador Provincial de Santa Marta para continuar con la investigación y tomar una decisión frente a la actuación de los cabildantes.
Luego el 9 de septiembre de 2018, el Ministerio Público profirió pliego de cargos contra los investigados por la presunta responsabilidad disciplinaria al haberse extralimitado en el ejercicio de sus funciones.
El proceso continuó con la recolección y análisis de pruebas hasta este jueves que se conoció el fallo en primera instancia, el cual puede ser apelado por los sancionados.
Mientras el Fondo, al que lograron ingresar unos $300 millones, sigue vigente, pero sin recaudar recursos actualmente, a la espera de que se resuelva si su creación estuvo ajustada a la ley.
Concejales dicen que apelarán el fallo
Los concejales de Soledad dijeron estar sorprendidos por la decisión de la Procuraduría Provincial de Santa Marta, tras lo cual anunciaron que apelarán el fallo de primera instancia que los sanciona con la destitución del cargo y la inhabilidad por 10 meses para desempeñar cualquier función pública.
Astrid Barraza, concejal por el partido Conservador, aseguró que desde ya está preparando el recurso de apelación, aunque no haya sido notificada, todavía, de la decisión del Ministerio Público.
En declaraciones entregadas a EL HERALDO, la cabildante argumentó que la creación de la contribución para alimentar el Fondo de Fomento para el Deporte no constituye un acto de corrupción, porque la decisión se fundamentó en la Ley del Deporte, la cual 'faculta a los concejos' a crear este tipo de fondos para promover y fomentar el deporte en los municipios.
La concejal explicó que el fondo aún se encuentra vigente, porque los argumentos jurídicos fueron ajustados a derecho. Además, la Gobernación, en su momento, revisó el caso y no se produjo ningún concepto que pudiera llevar a cuestionar la actuación del Concejo.
Barraza también criticó que no se haya respetado el debido proceso en el caso de los concejales, pues no fueron escuchados por el Ministerio Público dentro del proceso para que pudieran tener la oportunidad de presentar sus alegatos.
Además, consideró 'extraño' que la investigación contra el alcalde Joao Herrera, en este caso, fuera archivada y contra ellos continuara, siendo que fue el mandatario municipal el que presentó la iniciativa con fundamento en la Ley y sustentado por su equipo jurídico.
'Realmente para nosotros es sorprendente y vamos a apelar, porque creemos que tenemos los argumentos suficientes para desvirtuar, porque, además, estamos convencidos que se nos ha violado el derecho a la defensa', aseguró Barraza.
Entre tanto, Enrique del Castillo, concejal por el Partido de la U, cuestionó los términos en que se dio el fallo, porque en su decisión lo que el Ministerio Público afirmó es que los concejales son responsable de un 'grave daño social' cuando se le impuso una carga tributaria a una comunidad, la cual no tenía fundamento legal.
En ese sentido, explicó que el Concejo sí tiene la competencia legal para aprobar tributos. Además, la Ley del Deporte faculta a los Concejos para crear rentas con destino a ese sector social, lo que demostraría —según su concepto— que no incurrieron en una falta disciplinaria, como lo dijo la Procuraduría.
Del Castillo también advirtió que durante el proceso se 'violaron derechos fundamentales a la defensa' y las pruebas presentadas para desvirtuar el dolo no fueron tenidas en cuenta antes de cerrar la etapa probatoria. 'Es una decisión absurda, contraria al derecho de la defensa', afirmó.
Listado de sancionados
Los concejales cobijados por la decisión de la Procuraduría Provincial de Santa Marta son: Ricardo Arcón Hereira, Gladys Magdalena Arraut Varelo, Astrid De los Milagros Barraza Mora, Robinson José Buelvas Vergara, Julio César Cabrera Rodríguez, Rubén Antonio Cartagena Llano, Robin Basilio Castro Fallace, Enrique Horacio del Castillo Jiménez, Félix Alberto Donado Escorcia, Daniel Iván Florián Reales y Alexandra Patricia Hernández Navas.
La decisión del Ministerio Público igualmente cobija a Álvaro Enrique Martínez González, Rodrigo Edison Martínez Rodríguez, Jorge Humberto Mejía Iriarte, Adriana Marcela Molinares Mancera, Ruby de Jesús Puente Garizabal, Johnny Eduardo Pulgar Severiche, Juan Carlos Orozco Llerena y Monte Wuiliano Valbuena Rojas.