En lo corrido del año 2019, a través del área de saneamiento ambiental de la Subsecretaría de Salud Pública del departamento, la Gobernación del Atlántico ha realizado la inspección de 31 piscinas públicas en el Atlántico.
De esa vigilancia se desprende que el 26% resultó con concepto sanitario favorable (9 establecimientos), el 26% con concepto sanitario desfavorable (9 establecimientos), 34% con concepto sanitario favorable con requerimiento (12 establecimientos) y el 14% fuera de servicio (5 piscinas).
Esto, con el objetivo de revisar las medidas de seguridad aplicables a los establecimiento de piscinas de uso colectivo abiertas al público en general, que deben ser cumplidas por los responsables de las mismas.
'Las piscinas deben contar con todas las condiciones exigidas de limpieza y desinfección, calidad del agua, para que las personas estén tranquilas al utilizarlos. Así como tenerlos cerramientos y uso de salvavidas adecuados, es decir, contar con los implementos necesarios para que, por ejemplo, en caso de que alguna persona tenga en riesgo su salud se le puedan prestar los primeros auxilios de forma oportuna', explicó Arilis Ruiz, subsecretaria de Salud Pública.
Así mismo, durante el año 2018 se llevó a cabo la verificación de 85 piscinas públicas en el departamento del Atlántico, realizando el cierre definitivo de 4 de ellas y abriendo investigación administrativa a otras 30.
'El año anterior visitamos 85 establecimientos, de estos el 14 % tuvo concepto sanitario favorable, el 36 % concepto sanitario desfavorable y un 47 % concepto sanitario favorable con requerimiento', indicó la funcionaria.
Y agregó que si luego de la visita la piscina cumple con todos los requerimientos, se le entrega un concepto favorable; si se le entrega un concepto favorable con requerimientos se le exige un plan de mejoramiento y se realiza un seguimiento hasta su cumplimiento; y si es desfavorable se abre una investigación administrativa que puede llevar a una multa o a un cierre temporal o definitivo.
'Esta vigilancia entrega a la comunidad la seguridad de estar en un lugar que es vigilado y que cuenta con los requisitos de la norma para su correcto funcionamiento', dijo.
El ingeniero Jorge Villarreal, especialista en ingeniería sanitaria y ambiental de la subsecretaría de Salud Pública, explicó que las visitas se realizan a las piscinas de uso colectivo (público, restringido y especiales). Las piscinas particulares (unihabitacionales) se visitan en caso de solicitud directa o queja.
'Como autoridad sanitaria hacemos la inspección que incluye la revisión documental y el recorrido por las instalaciones. Se evalúa la calidad del agua, la disposición de residuos sólidos y líquidos, programas de control de plagas, limpieza y desinfección, entre otros, y con base en lo observado se emite un concepto sanitario', resaltó.
Además, señaló que este concepto sanitario de la entidad departamental es exigible por parte de la autoridad municipal para expedir la certificación de cumplimiento de normas de seguridad.
Explicó que si la piscina es nueva debe presentarse este concepto junto con los planos de la piscina, la información técnica y el plan de emergencia. Si ya está en funcionamiento solo debe cumplir con las normas de seguridad, por ejemplo, contar con alarma de agua o detector de inmersión que alerte en caso de la caída de una persona mientras no está en servicio, trampa anti-atrapamiento para evitar la succión, tener un bastón, cuerda y salvavidas.
Para Estela Arias, coordinadora del centro recreacional Solinilla de Combarranquilla, es importante la vigilancia de los entes de control porque esto da seguridad a los usuarios para el uso de las piscinas y espacios adyacentes.