El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla ordenó que la indemnización por la expropiación de un predio utilizado en explotación minera en Puerto Colombia, Atlántico, disminuyera en más de $45 mil millones.
La intervención de la Procuraduría ante la Sala de Decisión Civil-Familia del Tribunal, según el ente de control, 'permitió que el pago por indemnización que debía hacer la ANI a la propietaria del predio, bajara de más de $13.278 millones a $8.302 millones, lo que representó un ahorro de más de $4.875 millones, frente a la suma que había fijado el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Barranquilla, en primera instancia'.
De igual forma, el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y revocó el reconocimiento por concepto de lucro cesante, que el juzgado había estimado en $40.894 millones.
Así mismo, se derogaron las órdenes del fallo de primera instancia para la construcción de obras del corredor Cartagena - Barranquilla y Circunvalar de La Prosperidad, que deberían adelantarse en la propiedad expropiada.
'El Ministerio Público al revisar un informe de la ANI advirtió que, al parecer, en los procesos de expropiación se podrían estar reconociendo de manera irregular avalúos e indemnizaciones que comprometen los recursos públicos', se lee en el boletín.
Por ello, la Procuraduría expidió el memorando 001 exhortando a los consejos seccionales de la judicatura y a los jueces civiles del circuito del país, a adelantar acciones que eviten el pago de avalúos e indemnizaciones exorbitantes en procesos de expropiación.
Las siete referencias técnicas que deben ser tenidas en cuenta a la hora de categorizar los montos de avalúo, indicó el Ministerio Público, corresponden al decreto de oficio de un tercer dictamen adicional, frente a los avalúos presentados por las partes; la designación de dos peritos para determinar el monto de la indemnización y sus componentes; el respeto del orden de la lista de auxiliares de la justicia para designar los peritos y la aplicación del interés del 6% anual al que hace referencia el Código Civil sobre el valor del inmueble a la hora de determinar la indemnización.