La violencia de género fue uno de los temas que se tocó ayer posterior al acto inaugural del periodo 62 de sesiones extraordinarias de la Corte IDH, que se lleva a cabo en la Universidad del Norte.
Durante un panel, integrado por mujeres, se discutió sobre la convención de Belem do Pará: Estándares interamericanos para prevenir, erradicar y sancionar las violencias contra las mujeres, a propósito de los 25 años de haberse suscrito el acuerdo. (ver recuadro).
Una de las panelistas invitadas fue María Paulina Riveros, ex fiscal general, quién señaló que el Estado colombiano en los últimos años 'avanzó' en cuanto a la garantías de protección para la mujer.
La ex funcionaria hizo su análisis partiendo de los episodios que se han derivado tras la firma de los Acuerdos de Paz, donde señala que hizo 'importante' aportes.
'El avance de Colombia en este aspecto ha sido inédito con la incorporación del enfoque de género en los Acuerdos de Paz que hoy forman parte de la Constitución Política. Por primera vez en el país se consagraron acciones importantes para proteger el derecho de las mujeres. El avance en lo normativo es importante, esperemos que en la implementación se puedan cumplir', dijo Riveros.
Destacó la funcionaria que en la Fiscalía en materia de acceso a la justicia priorizó tres delitos: feminicidio, violencia sexual e intrafamiliar.
Señaló Riveros, que en el primer semestre del año se registraron 498 denuncias por feminicidio y 15.752 hechos en violencia sexual.
'Espero que lo normativo pueda ayudar a reducir esas cifras', dijo la ex fiscal.
'No es solo de las mujeres'
Julissa Mantilla, Comisionada electa de la Corte IDH, otra de las panelistas, destacó que la violencia de la mujer por condición de género antes de 1994 no tenía el rango de importancia con el que goza hoy.
'La violencia contra las mujeres no es solo de las mujeres, es cuestión de derechos humanos. De mantener vigente la convención de Belem para poder garantizar la protección de estos derechos', dijo Mantilla.
La jueza Elizabeth Odio Benito, moderadora del panel señaló que la convención tuvo su evolución dinámica con el pasar de los años.
'Hay que saber que una serie de sentencias fueron las que permitieron la evolución de la convención', dijo la jueza.
La togada destacó uno de los casos en 2018, la Corte IDH fijó sentencia en el Caso López Soto y otros Vs. Venezuela, donde se halló el Estado de Venezuela responsable por los hechos de tortura y violencia sexual sufridos por Linda Loaiza López Soto, todo ello en violación de varias disposiciones establecidas en la 'Convención de Belém do Pará'.
En marzo de 2001 López fue secuestrada por un hombre, quien la mantuvo privada de libertad durante casi cuatro meses. Durante ese tiempo fue sometida a violencia física, verbal, psicológica y sexual.
Mariana Ardila Trujillo, abogada de wome’s link, otra de las panelistas manifestó que la Corte IDH debe seguir en la linea de analizar los casos de discriminación por género.
'La Corte con respecto a derechos sexuales tiene grandes deudas', dijo Ardila Trujillo.
Acuerdo Belem do Pará
La Convención de Belem do Pará, establece por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
Este tratado interamericano de derechos humanos ha dado pauta para la adopción de leyes y políticas sobre prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres en los Estados Parte de la Convención, formulación de planes nacionales, organización de campañas e implementación de protocolos y de servicios de atención, entre otras iniciativas; y ha sido un aporte significativo al fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La convención fue suscrita en el XXIV (24) Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en 1994.