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La demanda del defensor del Pueblo, Carlos Negret, no es el primer recurso contra el plan de salvamento de Electricaribe. Una acción en el mismo sentido fue interpuesta en mayo pasado.

La demanda, presentada por el abogado Andrés de Zubiría Samper el 28 de mayo, pide tumbar 22 artículos del PND, entre ellos, la sobretasa de 4 pesos por kilovatio y la contribución adicional a los vigilados por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con destino al fortalecimiento del Fondo Empresarial.

Con relación a la demanda presentada por Negret, el representante César Lorduy dijo que fue radicada por este ante la Corte Constitucional el 21 de agosto correspondiéndole el número D-0013459. Al interior de la Corte fue repartida a despacho del Magistrado Alberto Rojas Ríos el 30 de agosto de 2019.

'Los términos para que la demanda fuera admitida o no, fueron suspendidos por enfermedad del magistrado y se volvieron a activar a partir del 2 se septiembre de 2019', indicó.

Agregó que el Defensor del Pueblo presentó desistimiento de la demanda el 10 de septiembre, a través de escrito radicado en la Secretaría de la Corte Constitucional, fecha para la cual no había sido admitida.

Lorduy explicó que el auto que decidirá sobre la admisión de la demanda toma 10 días calendario, que se cuentan a partir del 2 de septiembre, momento en el que se levantaron los términos del proceso. Por lo tanto, el auto admisorio o inadmidsorio de la demanda deberá expedirse dentro de los 10 días siguientes de haberla recibido el magistrado.

De acuerdo con Lorduy, hasta el 12 de septiembre se han radicado 31 demandas en contra de la ley del plan. De las cuales 7 se encuentran ya archivadas (inadmitidas, no corregidas o corregidas y sin recurso de súplica). Una de las archivadas, la D-0013378, demandaba los Art. 313, 315 y 316. Esta se rechazó y no se ejerció súplica. El demandante fue Edwing Diaz Plata.

Hoy hay 12 demandas que se han admitido contra otros artículos del Plan Nacional de desarrollo, entre los cuales están: Art. 130, 140, 141 dos procesos no acumulados, 240, 244, 332, 274 y 275 tres procesos no acumulados, demanda a todo el plan y específicamente el Artículos 152 y 309 y artículos 25, 33, 44, 46, 79, 83, 113, 124, 127, 131, 140, 141, 231, 232, 233, 234, 235, 249, 312, 313, 314, 331 y 332.