La luz al final del túnel parece desvanecerse para el Hospital Universitario Cari E.S.E. de alta complejidad, a causa de la petición hecha por la Procuraduría General de la Nación de suspender el proceso para la escogencia de un operador privado.
A pesar de que las autoridades locales y nacionales han planteado varias salidas a la situación del Cari, todavía no se vislumbra una solución definitiva que permita la recuperación de este centro de salud, que se encuentra sumido en una aguda crisis financiera que lo tiene a las puertas del cierre.
En medio del proceso para salvaguardarlo, la gerencia del hospital abrió una convocatoria pública para la contratación de un operador privado, o gestor sanitario, con el objetivo de habilitar el componente de alta complejidad y otros servicios. De esta forma se busca cancelar los pasivos de la entidad, que superan los $86.300 millones.
Dentro del proceso la Sociedad Futura Gestor Hospitalario del Caribe S.A.S. (integrada por Fundación Ser Social, Pharma Ser Ltda., Fundación Ser –FundaSer–, Laboratorio Clínico Continental S.A., S y D Colombia S.A., Organización Clínica Bonnadona Prevenir S.A.S., UCI del Caribe Ltda. y Cardiovida Outsourcing S.A.S.) presentó la única propuesta para encargarse del centro hospitalario por un periodo de 15 años.
Empero, el proponente 'no tendría la experiencia ni la capacidad técnica ni financiera' para la operación del Cari, lo que motivó al Ministerio Público a solicitar, a través de un documento que EL HERALDO conoció en exclusiva, fechado el 17 de octubre, que se adopten acciones correctivas inmediatas y suspenda el proceso para evitar la concesión del Hospital Universitario Cari E.S.E.
En la comunicación dirigida a la Junta Directiva del centro hospitalario y su gerente, Ulahy Beltrán López, la Procuraduría informa sobre el hallazgo de una serie de irregularidades en medio de una actuación preventiva que se desarrolló para dar respuesta a una solicitud de Opexsalud, un acreedor del centro hospitalario, que en su momento señaló que la contratación de un operador privado solo sería rentable para quien asuma el contrato y no serviría para sanear las deudas que tiene la entidad.
Según lo que expone el Ministerio Público, las omisiones y deficiencias en la estructuración de los términos de condiciones del proceso de contratación –que fue abierto y cerrado en tan solo 15 días hábiles– habrían llevado a la presentación de un único proponente.
Omisión de estudios previos
Luego de verificar los documentos publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop), la Procuraduría Delegada para la Salud, Protección Social y Trabajo Decente asegura que los estudios previos no contaban con un análisis del sector ni del mercado.
Debido a esta omisión, según el Ministerio Público, la administración del hospital no garantizó la existencia de un número plural de oferentes que estuvieran en condiciones para cumplir con las exigencias de los términos de la convocatoria. De esta forma se infringieron los principios de transparencia y selección objetiva que deben cumplir las E.S.E.
Asimismo, la Procuraduría evidenció que en los estudios previos no existe sustento de las reglas de selección del proceso de convocatoria pública y se desconoce el origen de los factores de habilitación jurídica, técnica y financiera establecidos por la administración del hospital. De esta forma, según el ente de control, se desatendieron los principios de planeación, transparencia, selección objetiva y libre concurrencia de oferentes.
Además, el Ministerio Público expone que en el estudio previo no se establecieron requisitos técnicos mínimos de tipo habilitante, lo que vulnera los principios de transparencia, planeación y selección objetiva.
También señala que se omitieron los requisitos específicos habilitantes relacionados con las necesidades de experiencia específica en la operación y/o administración de entidades hospitalarias del nivel de complejidad necesario. Esta decisión de la administración del Cari, que 'no es justificada' dentro de los estudios previos, 'es contraria a los principios de transparencia, planeación y selección objetiva', indica el documento.
La Procuraduría resalta que la administración del Cari estableció unos 'particulares factores' para la asignación del puntaje, los cuales pueden ser cumplidos por cualquiera de los integrantes del proponente, sin consideración a su porcentaje de participación en la sociedad.
El ente de control advierte que tampoco se establecieron los requisitos mínimos de experiencia en términos de equivalencia de magnitudes entre el tamaño y nivel de complejidad del hospital.
'Sorprendentemente, la administración decidió asignarle puntaje a los indicadores financieros tales como liquidez, solvencia patrimonial y endeudamiento, sin que se conozca la forma como serán ponderados en el caso del único proponente que presentó oferta', se cuestiona el ente de control en el documento enviado al gerente y a la Junta Directiva del hospital.
¿Se presentó el pliego de condiciones?
Por otro lado, el Ministerio Público evidenció que la administración del hospital no presentó el proyecto de términos de condiciones a la Junta Directiva, a pesar de ser un requisito previo para el inicio del proceso de contratación que se adelanta por medio de la modalidad de convocatoria pública.
De esta forma, según el Ministerio Público, se quebrantó su propio Estatuto de Contratación y los principios de legalidad, planeación y transparencia.
Con relación al plan de adquisiciones, la Procuraduría asegura que no encontró en los estudios previos el sustento de la necesidad de las inversiones en infraestructura, instrumental y equipos. Tampoco el soporte de mercado de los precios unitarios registrados.
'La adquisición de dichos equipos está supeditada a la presentación de un plan por parte del contratista. No se soporta de forma alguna la correlación entre las inversiones y la productividad del hospital', se lee en el documento.
Por esta razón, sostiene el ente, la administración del centro hospitalario estaría 'lesionando los principios de planeación y transparencia', poniendo en riesgo la operación de la entidad hospitalaria y el derecho a la salud de un importante número de personas en el departamento.
Productividaddel Cari
El ente de control indica, además, que en los estudios previos y términos de condiciones no existe sustento alguno sobre la productividad histórica del Cari por cada servicio ni de la proyectada.
'La administración también omitió justificar, en los estudios previos, el origen de la cifra establecida en el 9% como remuneración a favor del centro hospitalario, con lo cual se espera cubrir los pasivos existentes', agrega la Procuraduría, que también cuestiona que no existe una certificación con respecto a la existencia de las deudas.
Además, advierte que no es posible identificar a los acreedores y si existen acuerdos de pagos, así como si hubo renuncia a intereses de mora u otros costos financieros asociados al recobro de cartera.
Debido a esta omisión, en palabras de la Procuraduría, 'se impide establecer el riesgo financiero asociado a la entrega en operación del Hospital Universitario Cari E.S.E., se lesionan los principios de planeación y transparencia, poniendo en riesgo la operación y permanencia de la entidad hospitalaria.
Infraestructura hospitalaria
Dentro de las previsiones de los estudios previos, la administración del Cari no incluyó las disposiciones relacionadas con el mantenimiento de la infraestructura física del hospital y de los equipos e instrumental existentes que no serán objeto de reposición por parte del contratista y aquellos que deben ser comprados dentro del plan de adquisición de equipos.
Dice que también se desconocieron los estudios relacionados con la vida útil de los equipos y la necesidad de reposición dentro del plazo de ejecución contractual, que es de 15 años. De esta forma se pone en riesgo la operación de la entidad hospitalaria al lesionarse los principios de planeación y transparencia.
Incluso, el Ministerio Público resalta que se estableció un corto cronograma para la selección del operador, disponiendo de un plazo de tan solo 15 días hábiles entre la fecha de apertura y la fecha de cierre del proceso contractual, 'tiempo insuficiente' para que los eventuales proponentes contemplaran la posibilidad de participar en el proceso.
No hay programa de saneamiento fiscal
Uno de los hallazgos que la Procuraduría considera más alarmante está relacionado con la no presentación al Ministerio de Salud de un nuevo programa de reorganización y rediseño de la red del Cari, así como tampoco se preparó un Plan de Saneamiento Fiscal como lo contempla la Ley 1966, expedida por el Congreso en julio de este año.
Según el ente de control, se desconocen las razones por las que se opta por 'un apresurado' proceso de contratación para entregar el hospital a un operador particular a pesar de la mencionada ley, que se constituye en un instrumento de salvamento financiero y así asegurar 'la continuidad, calidad y oportunidad en la prestación del servicio público de salud para toda la población en el territorio nacional'.
Sostiene, además, que consultó el plan aprobado por el Ministerio de Salud y pudo constatar que no se contempla la entrega de la operación de la sede de alta complejidad a un operador privado. Por esto, el trámite de contratación adelantado por la gerencia –con el consentimiento de la Junta Directiva y de la Gobernación– se gestiona omitiendo una obligación legal.
Investigan posibles responsabilidades
En su informe, asegura que se encuentran 'pendientes por establecer' las responsabilidades del Comité de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Hospital Universitario Cari con relación a este trámite contractual.
Según el ente de control, el artículo 9 del Manual de Contratación establece que deben asesorar al gerente en la toma de decisiones en relación con la 'adquisición de bienes, obras y/o servicios bajo el mecanismo de convocatoria pública'.
Asimismo, están por establecer las responsabilidades de la Junta Directiva, teniendo en cuenta las posibles autorizaciones impartidas con relación a este trámite contractual y a condiciones, desconociendo los principios de la función administrativa y de la contratación estatal, así como del ordenamiento jurídico.
Riesgos que asume el gerente
El organismo de control dice que pudo establecer que las 'precarias, incompletas, injustificadas y ambiguas' condiciones de participación que se establecieron en los términos del proceso quebrantan varios principios: planeación, transparencia, selección objetiva y libre concurrencia de oferentes.
Asegura que de esta forma no posibilita el cumplimiento del principio de selección objetiva, lo que derivaría en un riesgo disciplinario, penal y fiscal, así como la garantía de la prestación de los servicios de salud.
La Procuraduría advierte en el documento que no se pueden realizar las correcciones o modificaciones a los pliegos de condiciones debido a que las adiciones –único medio legal para hacerlo– solo pueden generarse antes de la recepción de las ofertas.
El Ministerio Público instó a la Junta Directiva y el gerente del Cari para que se adopten los correctivos de forma inmediata, y le dio un plazo de dos días hábiles para que informen sobre las decisiones adoptadas.
La Procuraduría también fue enfática al exponer que esta actuación busca proteger el ordenamiento jurídico, salvaguardar los recursos públicos y evitar la comisión de faltas disciplinarias por parte de los vigilados.