Compartir:

La Corte Suprema de Justicia precluyó indagación a exmagistrado Julio Ojito Palma por presunto prevaricato en caso de la mesada 15.

Este diario conoció que la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Especial de Primera Instancia decidió precluir la indagación que se adelantaba en contra de los ciudadanos Julio Antonio Ojito Palma y Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, mediante auto de fecha 11 de febrero de 2019, previa solicitud que hiciere la Fiscalía 7 delegada ante la Corte.

Los hechos se relacionan con un fallo de tutela proferido por una sala mayoritaria del Tribunal Superior del Distrito de Barranquilla, que dispuso no tutelar los derechos fundamentales reclamados por el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, luego de que el Juzgado 11 Penal Municipal y Juzgado 3 Penal del Circuito de Barranquilla impusieran y confirmaran una sanción por desacato a la entonces alcaldesa.

Dice la providencia aludida que el ente acusador, después de acopiar elementos materiales probatorios y evidencias, encontró que el hecho investigado era atípico de prevaricato por acción, tanto objetiva, como subjetivamente, razón por la cual, deprecó ante la máxima Corporación judicial la preclusión de la investigación con fundamento en la causal cuarta del artículo 332.

Concluye la Corte '(…) Así pues, no se advierte en el actuar de los Magistrados que conformaron la Sala mayoritaria, que tomó la decisión hoy cuestionada, con ocasión de la tutela resuelta el 20 de mayo del año 2015, que hubiesen emitido una decisión manifiestamente contraria a la ley'.

'(…) Queda claro entonces, acorde con el planteamiento del señor Fiscal delegado solicitante, avalado por el representante de la administración judicial, el Ministerio Publico y los defensores de los Magistrados investigados, que no se puede tildar de prevaricadora la actuación de los Magistrados Julio Antonio Ojito Palma y Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, cuando emitieron la decisión de mayo 20 de 2015, por medio de la cual no se ampararon los derechos fundamentales reclamados por la entonces alcaldesa de Barranquilla, pues que tal decisión se considera ajustada a la legalidad, conforme a los argumentos que se han expuesto'.

Ahora bien, con el fin de cumplir con la orden del Tribunal de realizarlo con el 'mismo despliegue', en archivo adjunto remito la noticia que se publicó en el Periódico, en el año 2015, respecto a la investigación del señor Ojito Palma, con el fin de que sirva de referencia respecto a tamaño, letra y ubicación.