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El Tribunal Administrativo del Atlántico confirmó la sentencia que le da legalidad al acuerdo 19 de 2015, que estableció el cobro del impuesto del servicio de telefonía. Así lo aseguró el gerente de Gestión de Ingresos del Distrito, Fidel Castaño Duque.

El funcionario recordó que en el mencionado acuerdo se estableció que el impuesto incluía el teléfono fijo y móvil, y a raíz de eso varios ciudadanos lo demandaron argumentando que la Ley 97 de 1913, establecía la posibilidad de cobrar el servicio telefónico.

'Esta ley no incluía el móvil, porque en esa época no había celular, solo existía el teléfono fijo', explicó Castaño al indicar que defendieron esta posición y un juez les dio la razón y quienes demandaron presentaron un recurso ante el Tribunal Administrativo del Atlántico.

 El fallo de segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto dentro de un proceso de nulidad (acumulado), donde fungen como demandantes: Carlos Enrique de la Hoz, Antonio Eduardo Bohórquez Collazos y otros, Miller de Jesús Soto Solano, Alvaro Enrique Leyva Muñoz – Asomovil-, Jaime Andrés Anaya y otros, Geovanni José Guerrero Navarro, Máximo José Moriega Rodríguez y Fernando Antonio Chacón Lebrúm, a quienes un fallo de primera instancia, dictado por el Juzgado 11 Administrativo del Circuito de Barranquilla, les negó las suplicas de la demanda encaminadas a que se ordenara al Distrito de Barranquilla abstenerse de cobrar a los ciudadanos el impuesto a los servicios de telefonía establecido en el Acuerdo 019 de 2015.

 Esta sentencia definitiva, con ponencia del magistrado Jorge Eliécer Fandiño Gallo, concluye que lo que hizo el Concejo del Distrito de Barranquilla, al expedirlo fue en ejercicio del poder impositivo reglado que le asiste por orden Constitucional, establecer el impuesto conforme al margen de autorización legal establecido en el año 1913. Moderando el hecho generador y estableciendo aquellos elementos de la obligación tributaria que no fueron expresamente determinados por el legislador.

Los recaudos

Castaño asegura que por este impuesto se recaudan anualmente alrededor de 14 mil millones de pesos. El 10% es destinado para el pago del pasivo pensional de los trabajadores de la extinta empresa distrital de telecomunicaciones.

'Con los recursos de este impuesto también se está arborizando la ciudad y se mantienen los parques', dijo Fidel Castaño al señalar que el aporte por este impuesto es mínimo.

Por el impuesto a la telefonía domiciliaria o fija el estrato 1 (bajo) paga $600; estrato 2 (bajo), $1.200; estrato 3 (medio bajo) $1.800; estrato 4 (medio) $3.600; Estrato 5 (medio alto) $8.400; estrato 6 (alto) $12.000 y no residencial $14.000.