Compartir:

EL HERALDO tuvo acceso al documento de 17 páginas que contiene el recurso de reposición presentado por el Distrito de Barranquilla contra el auto de mandamiento de pago a favor de Electricaribe, con el fin de que se 'revoque dicha providencia en su totalidad'.

Uno de los argumentos del Distrito es que la demanda no se debió presentar ante un juez civil, sino ante uno de competencia administrativa, por cuanto el título ejecutivo en el proceso lo constituyen unas facturas que tienen su origen en unos contratos estatales denominados acuerdos de prestación de servicios de energía en zonas (barrios subnormales).

Igualmente, argumenta que no es solidario en las facturas, sino un coadyuvante de las juntas de acción comunal que hicieron un acuerdo de pago con la empresa de energía.

El Distrito también indica que en este caso hay una indebida constitución del título ejecutivo y una falta de cumplimiento del requisito de procedibilidad.

Para el Distrito este es un proceso que apenas comienza, por lo que espera que el juez acepte los argumentos planteados en el recurso de reposición.

Sobre el particular, César Lorduy, representante a la Cámara por Cambio Radical, conceptúa que en este caso la demanda la hacen ante un juez civil porque 'sabe que la acción de reparación directa está caducada'.

Agregó que en este caso 'ni siquiera acudieron a un requisito, como lo es el llamado a intentar a una conciliación, que es un requisito de procediblidad que han violado'.

'Para rematar la maldad y la mala fe intentan cobrar unas obligaciones que en el caso improbable de que existieran ya están prescritas, habida cuenta que han trascurrido más de cinco (5) años de haber sido exigibles', manifestó el congresista.