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Con el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) que se firmó para resguardar la autenticidad de los inmuebles de El Prado, Alto Prado y Bellavista también se impusieron unos estrictos acuerdos que deben cumplir a cabalidad sus propietarios, tenedores o responsables.

En el documento no solo se habla de la relevancia histórica de este vecindario, al ser considerado como la primera urbanización residencial de Colombia y la segunda de América Latina, sino que se detalla el paso a paso de las condiciones patrimoniales de los inmuebles 'que por ser irremplazables deben ser preservados en su integridad'.

En estos sectores se están protegiendo 1.924 inmuebles, 39 de estos poseen una máxima protección, es decir, son casi intocables.

'Si las condiciones de los inmuebles lo permiten se podrán realizar ampliaciones con el objetivo de promover su revitalización y sostenibilidad, pero nunca demoler', explicó el equipo de patrimonio de la Secretaría de Cultura.

La mayoría son mansiones en las que se puede observar la época de la república y los diseños neoclásicos. En otras se destacan atributos de calidad artística y estilística que reflejan una arquitectura influenciada por la Europa del momento, asimismo se evidencia la influencia neoclásica y elementos de la arquitectura del Renacimiento.

En el listado hay imponentes edificaciones como la de Paul Grosser, una casona que contrasta con los establecimientos comerciales de la calle 53 con carrera 50. Su condición 'es deplorable', según la definen varios residentes del sector. Lo mismo ocurre con estructuras como el Museo Romántico y la casa de la familia Muvdi ubicada en la carrera 53 con calle 61.

En estos casos, según la secretaria de Cultura, María Teresa Fernández, la Ley General de Cultura indica que los propietarios de los inmuebles deben velar por el adecuado mantenimiento de los mismos. De no hacerlo pueden incurrir en sanciones que van desde la suspensión de la actividad hasta una multa especial por infracción urbanística.