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La Procuraduría General de la Nación cuestionó el trato discriminatorio que reciben las personas privadas de la libertad de las salas de retenidos de las estaciones de Policía, en comparación con los de establecimientos del orden nacional o distrital de la jurisdicción.

Ante ello, el Ministerio Público pidió que se respeten y garanticen los derechos fundamentales de dignidad humana, salud, igualdad y acceso efectivo a la administración de justicia de las 492 personas privadas de la libertad, que se encuentran recluidas en las salas de retenidos o centros de detención transitorios de las estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI) de Barranquilla y su área metropolitana.

A través de una acción de tutela, la entidad oficial solicitó que se le ordene al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC); a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC); a las cárceles de Mediana Seguridad y el Buen Pastor de Barranquilla, así como el Establecimiento de Reclusión Especial y el Centro de Rehabilitación Masculino de la ciudad; a la Gobernación del Atlántico y a las alcaldías de Barranquilla, Soledad, Malambo, Puerto Colombia y Galapa, adoptar las medidas necesarias para contrarrestar las condiciones inhumanas y degradantes que padecen los detenidos por la comisión de diferentes delitos.

En Los Cusules pavimentarán varias vías en mal estado

El órgano de control realizó una inspección en las estaciones de Policía y URI, debido a las múltiples quejas recibidas por familiares de las personas detenidas, constando así la grave situación de hacinamiento y vulneración de derechos de los detenidos, puesto que no cuentan con instalaciones para su oportuna atención médica, aseo personal, ni visitas conyugales, familiares o de su defensa.

Durante la visita de inspección, el Ministerio Público evidenció que la mayoría de las personas privadas de la libertad llevan recluidas más de 36 horas en las URI, con lo que se ha transgredido lo previsto en la Ley 65 de 1993, que señala en el artículo 28ª que: 'la detención en URI o unidad similar no podrá superar las 36 horas, debiendo garantizarse las siguientes condiciones mínimas: separación entre hombres y mujeres, ventilación y luz solar suficientes'.

Número insuficiente de guardias de seguridad

De igual modo, la Procuraduría evidenció que el número de custodios de la Policía Nacional encargados de vigilar estos centros resulta insuficiente, por lo que se ha elevado el riesgo de fuga y ataques contra la integridad física de los servidores, a quienes también les ha correspondido facilitar sus equipos personales como computadores, celulares, altavoces y accesorios, para el desarrollo de las audiencias virtuales, señala el órgano de control.

Vacunación para mayores de 12, sin agendamiento

El Ministerio Público cuestionó el trato discriminatorio que reciben los detenidos de las salas de retenidos de las estaciones de Policía, no solo por la orientación sexual de algunos de ellos, sino porque a la fecha no están vacunados contra la covid-19 y el número de visitas y la alimentación no es la misma, en comparación con los retenidos de los establecimientos del orden nacional o distrital de la jurisdicción.

Con la medida, la Procuraduría busca que se adelanten gestiones técnicas, administrativas, presupuestales y financieras, a fin de dar soluciones a las problemáticas identificadas, conforme al Código Penitenciario y Carcelario.