La comisión de presupuesto y asuntos fiscales del Concejo aprobó en primer debate el proyecto por el cual 'se hace obligatorio la emisión de la estampilla Pro-hospitales de primer y segundo nivel de atención en el Distrito de Barranquilla y se reglamenta su aplicación'.
El proyecto fue presentado por la administración de Elsa Noguera luego de que el gobernador ad hoc, Alfonso Camerano, sancionara la nueva ordenanza que reglamenta la emisión de la estampilla.
Carlos Rojano, presidente del Concejo y uno de los ponentes del proyecto explicó que fue aprobado sin ninguna modificación y contempla la emisión de la estampilla en los términos de los artículos 1 y 2 de la Ordenanza 287 de 2015 que establece que el producido de la estampilla se destinará exclusivamente para: construcción, ampliación y mantenimiento de planta física.
También para adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias de las instituciones de primer y segundo nivel de atención.
Y para dotación de instrumentos y suministros requeridos por las instituciones en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones.
A la reunión asistieron 5 de los 7 concejales que integran la comisión. Según lo aprobado, del total recaudado, los hospitales podrán destinar hasta un 10% en el pago del personal especializado y para atender los aportes de contrapartida que deben cubrir la atención de la seguridad social de los empleados.
Los artículos 5 y 11 de la Ordenanza 287, establecen que se tendrá como operación gravada con la estampilla en el Distrito la solicitud y expedición del paz y salvo y/o estado de cuenta de liquidación y pago del impuesto predial, en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 27 de la ley 14 de 1983 y el artículo 46 del decreto reglamentario 3496 de 1983.
Tienen que pagarán este gravamen las personales naturales o jurídicas y sociedades de hecho que tramiten la solicitud y expedición del estado de cuenta y/o paz y salvo de liquidación y pago del impuesto predial. Quedan exentos las Viviendas de Interés Prioritario (VIP).
La tarifa será del 1,5% del valor del inmueble consignado en la solicitud y expedición del estado de cuenta y/o paz y salvo del impuesto Predial para el año en el que se emite el mismo.
La obligación de imponer la estampilla queda a cargo de la Gerencia de Gestión de Ingresos del Distrito.
La estampilla que se autorizó emitir por la Ordenanza 287 de 2015, es indefinida en el tiempo y la aplicación de la misma deroga desde su vigencia y aplicación las demás que le sean contrarias.
La alcaldesa de Barranquilla, Elsa Noguera considera que la aprobación en primer debate es un gran apoyo que hoy les está dando el Concejo y esperan que sea ratificado en la plenaria del viernes, a las 8 de la mañana.