El representante legal de CafeSalud EPS, Carlos Alberto Cardona Mejía, deberá cumplir tres días de arresto en las instalaciones del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en Bogotá o donde ordene el comandante de la Mebog.
Así lo definió el Juzgado Trece Penal Municipal con funciones de control de garantías de Barranquilla al sancionarlo por desacato, al tiempo que le ordenó pagar una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes por el mismo hecho.
En la misiva del incidente se precisa que para el cumplimiento de la orden, esta se debe oficiar al director del CTI de Bogotá o el comandante de la Policía Metropolitana del Distrito Capital para que luego se 'proceda a materializar el arresto en un lugar acorde a la dignidad y función del sancionado' y se compulsen copias a la Procuraduría General de la Nación 'para lo de su competencia'.