Compartir:

De acuerdo con el decreto 4000 de 2004, que regula el control de personas extranjeras, la expulsión de un ciudadano extranjero como la del israelí Assi Moosh, señalado por Migración Colombia y la Policía Nacional de alterar la tranquilidad ciudadana por su negocio de hotel con supuestas fiestas sexuales y de drogas en Taganga, Santa Marta, significa, fundamentalmente, sacarlo del territorio colombiano por haber incurrido en alguna falta en contra de la ley migratoria.

Entre las causales para la expulsión, en la que según Migración habría incurrido Moosh, reza: 'Todo extranjero que atente contra la Seguridad Nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública, el medio ambiente'.

También se incluye entre las razones de expulsión cuando exista en otro país providencia condenatoria u orden de captura, cuando se encuentre registrado en los archivos de interpol, cuando no registre visa de ingreso o permanencia y la requiera de acuerdo a las consideraciones que al respecto analice la autoridad migratoria.

Así mismo, por abstenerse de dar cumplimiento a la resolución de deportación dentro del término establecido o regresar al país antes del término de prohibición establecido.

Igualmente, por registrar informes o anotaciones en los archivos de las autoridades competentes, por promocionar el ingreso de extranjeros con falsas promesas de contrato, suministro de visa o documentos de entrada o permanencia.

De igual forma, por haber sido condenado en Colombia a pena de prisión cuya sentencia no contemple como accesoria la expulsión del territorio nacional.

Y estar documentado fraudulentamente como nacional colombiano o de otro país.

Para el caso del israelí, Migración decidió expulsarlo durante 10 años. Tiempo tras el cual puede regresar al país una vez que haya cumplido con el termino de expulsión, previa expedición de una visa.

Las expulsiones no son inferiores a 5 años, y cuando la medida de expulsión es superior a 10 años deberá ser consultada al director de UAMC (Unidad Administrativa Especial de Migración Colombiana).

Sin embargo, si el extranjero en Colombia fue condenado a pena de prisión, Migración Colombia decidirá si el extranjero puede regresar al país.

La expulsión es distinta a la deportación, puesto que esta última es un acto soberano que se ejecuta contra quien ha violado el régimen migratorio y se encuentra en situación irregular, es decir, sin documentos válidos.

Es decir, mientras para la deportación las causales son respecto a la documentación, para la expulsión las causales tienen que ver con el comportamiento del ciudadano extranjero en Colombia.